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Junta de Castilla y León

Los ERTEs afectan a 112.170 trabajadores, 5.277 en Soria

La Junta han recibido 21.357 solicitudes de Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) de empresas con centro/s de trabajo en Castilla y León desde el lunes, 16 de marzo, hasta las 14 horas de hoy jueves, día 26, en el contexto de estado de alarma decretado por el coronavirus COVID-19.

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Estos expedientes afectan a un número potencial de 112.170 trabajadores en la Comunidad.

A continuación se detalla el cómputo de los ERTEs que constan como presentados a efectos administrativos ante las nueve Oficinas Territoriales de Trabajo (OTT) y la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Consejería de Empleo e Industria:

- Ávila: 1.197 ERTEs y 4.748 trabajadores.

- Burgos: 2.687 ERTEs y 14.505 trabajadores.

- León: 4.421 ERTEs y 15.578 trabajadores.

- Palencia: 1.282 ERTEs y 5.939 trabajadores.

- Salamanca: 2.899 ERTEs y 10.387 trabajadores.

- Segovia: 1.616 ERTEs y 7.143 trabajadores.

- Soria: 901 ERTEs y 5.069 trabajadores.

- Valladolid: 4.613 ERTEs y 19.168 trabajadores.

- Zamora: 1.521 ERTEs y 5.277 trabajadores.

- Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales: 220 ERTEs y 24.356 trabajadores.

La Junta de Castilla y León, a través de Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior, facilita una visualización de la evolución de los ERTEs recibos por la autoridad laboral en la Comunidad y su impacto potencial sobre el empleo en el contexto de la crisis del coronavirus COVID-19. Puede consultarse aquí  Enlace a la información actualizada sobre ERTES   

NOTA ACLARATORIA: conforme a la normativa vigente, la autoridad laboral competente para tramitar estos expedientes de regulación es:

- Las Oficinas Territoriales de Trabajo de Castilla y León, cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en una provincia.

- La Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales de la Junta, en tres supuestos: cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de una provincia, pero tenga más de 200 trabajadores afectados; cuando los trabajadores afectados desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo ubicados en el territorio de dos o más provincias de Castilla y León; y finalmente cuando el procedimiento afecte a trabajadores que desarrollen su actividad o se encuentren adscritos a centros de trabajo situados en el territorio de dos o más comunidades autónomas, pero el 85 % de la plantilla de la empresa, como mínimo, radique en el ámbito territorial de Castilla y León y existan trabajadores afectados en la misma.

- El Ministerio con competencias en el ámbito laboral, cuando la empresa disponga de centros de trabajo en dos o más comunidades autónomas.

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