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Junta de Castilla y León

La Junta regula prestaciones obligatorias de personal sanitario

El presidente de la Junta de Castilla y León ha publicado este sábado un decreto en el BOCyL que regula las prestaciones personales obligatorias sobre los recursos humanos en el ámbito del Sistema de Salud de Castilla y León, en aplicación del estado de alarma para contener la propagación del coronavirus Covid 19.

http://bocyl.jcyl.es/html/2020/11/14/html/BOCYL-D-14112020-1.do

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A la vista del informe emitido por la persona titular de la Consejería de Sanidad del pasado 12 de noviembre, relativo a las necesidades de los recursos humanos sanitarios, teniendo en cuenta la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública, el decreto apunta que es necesario adoptar y delimitar en el ámbito territorial de la comunidad autónoma determinadas medidas de reforzamiento en materia de personal, todo ello con el objetivo último de proteger la salud de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y evitar el colapso del sistema de salud de Castilla y León.

Las prestaciones personales obligatorias contenidas en el presente decreto podrán ser aplicables a todo el personal estatutario, funcionario y laboral, cualquiera que sea su vinculación, que preste servicios en los centros e instituciones sanitarias adscritas al Servicio de Salud de Castilla y León.

Las prestaciones personales obligatorias serán de obligado cumplimiento para los profesionales afectados por las mismas.

Para reforzar el Sistema de Salud de Castilla y León, el decreto recoge las siguientes prestaciones personales obligatorias en el sistema sanitario:

a) Imponer al personal estatutario, funcionario y laboral de la Consejería de Sanidad, y Organismos Autónomos u otras Entidades vinculadas o dependientes de la misma, servicios extraordinarios por su duración o por su naturaleza, y que resulten imprescindibles.

b) Adoptar todas aquellas medidas que resulten necesarias para garantizar la cohesión y equidad en la prestación del servicio sanitario en todo el territorio de Castilla y León.

c) Y garantizar la posibilidad de determinar la mejor distribución en el territorio de todos los medios técnicos y personales, de acuerdo con las necesidades que se pongan de manifiesto en la gestión de esta crisis sanitaria.

 

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