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Junta de Castilla y León

La Junta facilita retorno de oriundos de la Comunidad

El Gobierno autonómico ha publicado hoy en el Bocyl las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León para facilitar su retorno desde otras comunidades o ciudades autónomas. Los beneficiarios podrán recibir hasta 6.600 euros.

El Boletín Oficial de Castilla y León publica hoy, 25 de agosto, la Orden de la Consejería de la Presidencia por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas dirigidas a ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León para facilitar su retorno desde otras comunidades o ciudades autónomas. La publicación de la convocatoria para acceder a dichas ayudas está prevista para este próximo mes de septiembre.

De esta forma, se materializa el compromiso adquirido mediante el Estatuto de Autonomía, que señala el deber de los poderes públicos a la hora de promover las medidas necesarias para garantizar el derecho de los castellanos y leoneses a vivir y a trabajar en su propia tierra.

El III Plan Estratégico de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior 2021-2024 aborda como uno de sus objetivos estratégicos el de potenciar el retorno de estos ciudadanos a Castilla y León.

Hasta este 2023, la Consejería de la Presidencia ofrecía ayudas al retorno para aquellos castellanos y leoneses residentes en un país extranjero que volvieran a la Comunidad a través del programa 'Pasaporte de Vuelta'.

Este año, por tanto, se amplía el marco de actuación, incluyendo a todos aquellos ciudadanos residentes en el Estado español.

Las ayudas establecidas se corresponden con dos modalidades diferentes, en función de la fase del proceso de retorno en la que se encuentren los interesados: los que aún no hayan retornado a fecha de presentación de su solicitud y los que ya lo hayan hecho.

En ambos casos, los solicitantes tendrán que cumplir con las condiciones de ser mayor de 18 años y la de carecer de bienes inmuebles de un valor superior a 50.000 euros (distintos de la vivienda en la que se resida o se pretenda residir tras el retorno).

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