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Junta de Castilla y León

Ampliada declaración de época de peligro medio de incendios

La Junta ha ampliado la declaración de la época de peligro medio de incendios forestales en la Comunidad del 18 al 20 de abrl y ha dejado abierta la posibilidad de volver a hacerlo, ante las previsiones meteorológicas de la AEMET.

Ante las previsiones meteorológicas generales de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), que da continuidad al nivel de riesgo meteorológico de incendio muy alto y extremo en determinados momentos, días y zonas de Castilla y León esta semana, la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal ha ampliado la declaración de la época de peligro medio de incendios forestales en la Comunidad del 18 al 20 de abril, con la posibilidad de volver a ampliarlo, lo que implica la suspensión de todas las autorizaciones y comunicaciones de quema de vegetación y restos vegetales, y el refuerzo del personal de guardia y de los medios desplegados en las comarcas de riesgo.

Se recuerda que los días que la AEMET determine niveles de riesgo de incendio muy alto o extremo, conforme al mapa  publicado en su página web, serán de aplicación las limitaciones establecidas por el Gobierno de España en el Real Decreto Ley 15/2022, de 1 de agosto, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales, en concreto, entre las prohibiciones y limitaciones establecidas, se encuentran las siguientes:

  • Encender fuego en todo tipo de espacios abiertos.
  • La suspensión temporal, en tanto se mantenga el riesgo, de todas las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes, de restos de poda y de restos selvícolas.
  • Encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, así como en zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello.
  • La utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas, salvo que el órgano competente de la Administración autonómica haya autorizado expresamente su uso o resulten necesarias para la extinción de incendios.
  • La introducción y uso de material pirotécnico.
  • Arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.

La Junta de Castilla y León ha pedido a la población que extreme la prudencia en sus actividades de trabajo y ocio al aire libre para evitar el inicio de un posible incendio y, en caso de producirse, alerte a través del Servicio de Emergencias 1-1-2, por lo que se efectúa un llamamiento a la responsabilidad y a la colaboración ciudadana.

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