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Sentencia favorable a técnica de rayos en La Milagrosa

CSIF ha reclamado a la Gerencia de Salud de Soria que cumpla una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Soria, y reponga a una técnica de rayos a su puesto de trabajo en Atención Primaria, más concretamente al servicio del Centro de Salud Soria Sur de la Milagrosa, “como ha fallado el juez”.

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La central sindical ha asegurado en un comunicado que “hay que acabar con una imposición indignante, o la arbitrariedad abusadora e intolerable por parte de los responsables hospitalarios y de la Gerencia”.

CSIF ha advertido que la sentencia, de 18 de julio de 2022, evidencia los problemas de fondo de atención que hay en los servicios de radiodiagnóstico de Soria, por la falta de personal.

amentablemente, ha denunciado el sindicato independiente, actualmente no hay atención por las tardes ni los fines de semana en el Centro de Salud de la Milagrosa, y se ha reducido una plaza de técnico de rayos en el centro de La Milagrosa, que se ha llevado a la Atención Especializada.

En este momento hay cuatro técnicos en radiodiagnóstico en Primaria, tres en el centro de salud de La Milagrosa de Soria y uno en el de El Burgo de Osma.

La técnica de radiodiagnóstico afectada presentó una demanda contra la desestimación de la Gerencia de Salud, por silencio administrativo, de la solicitud realizada el 20 de octubre de 2021, para que se le restituyera a su puesto en Atención Primaria, en el Centro de Salud de la Milagrosa, donde tiene su destino por concurso.

Se había dado la circunstancia de que, por motivo de la pandemia del Covid, en el centro de salud se suspendieron las visitas presenciales y el servicio de rayos.

Por ello, porque había quedado sin ocupación, y con toda la buena voluntad para colaborar, ante la ingente necesidad de personal que había en los centros hospitalarios, la técnica demandante se ofreció a trabajar donde pudiera ser de utilidad, siempre con carácter de excepcionalidad y de urgencia.

Una vez normalizada la situación, y recuperado el servicio de radiodiagnóstico en el centro de Atención Primaria, la afectada trasladó su deseo de volver a su puesto, por lo que le emplazaron a una reunión con responsables de las áreas de Especializada y de Atención Primaria.

Además de instarle a realizar un curso de formación, para manejar nuevas máquinas de radiodiagnóstico que se habían instalado en el Centro de Salud, le anunciaron que le iban a rotar para cubrir la Atención Primaria y la Especializada, lo que rechazó la técnica afectada, recordando que su puesto definitivo y reconocido está en el Centro de Salud La Milagrosa, sin que esa plaza se haya amortizado o suprimido.

La reclamante argumentó que en modo alguno le corresponde una rotación de otros trabajadores para la cobertura de las necesidades hospitalarias, ni tampoco tiene que realizar sus cometidos funcionales fuera de su puesto de trabajo y de su horario laboral.

El hecho de que haga mamografías en el hospital -porque los recursos técnicos son mejores- para usuarios de su cartera de servicio del su centro de salud, no implica que la demandante forme parte o dependa de Atención Especializada.

El fallo judicial, en favor de esta técnica en imagen para el diagnóstico, como se llama ahora esta categoría (antes técnico de rayos), estima íntegramente su demanda ante el Juzgado de lo Contencioso y Administrativo número 1 de Soria, exige a la Gerencia de Salud de Soria que reponga a la demandante en su puesto de Atención Primaria, independientemente de que haga mamografías donde está el mamógrafo, es decir, en el hospital de Santa Bárbara.

CSIF ha destacado la importancia de esta sentencia -primera de este tipo en Soria- porque pone límites a los abusos de movilidad que están llevando a cabo los responsables de la gestión sanitaria, sin ajustarse a la normativa y vulnerando los derechos de los empleados sanitarios.

 

 

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