Medidas adicionales para el uso de los huertos municipales
El Ayuntamiento de Soria ha regulado de forma adicional el uso de los huertos municipales para complementar el Real Decreto 463/2020 y la Orden Ministerial SND 381/2020; con objeto de minimizar riesgos entre los usuarios de los huertos.
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1.- Se podrá acudir a realizar el mantenimiento del huerto una sola vez al día, según los turnos establecidos para tal fin, ordenados por días pares o impares en función del nº de huerto que cada usuario tiene asignado (HUERTOS PARES podrán acudir los DÍAS PARES y HUERTOS IMPARES podrán acudir los días IMPARES).
En ningún caso se podrá acceder fuera de los días fijados para cada uno y no se gestionarán cambios de días/turnos.
2.-El horario de acceso a los huertos municipales se restringe al periodo que va desde las 10:00 hasta las 12:00 horas.
3.-El tiempo de permanencia en cada huerto será el estrictamente necesario para el desarrollo de los trabajos de explotación de la huerta y recolección.
4.- Se establece un distanciamiento mínimo interpersonal de 4 metros.
5.-El número simultáneo de personas por huerto queda limitada a una (titular/autorizado).
6.-Se deberán evitar reuniones o aglomeraciones en las zonas comunes, así como compartir herramientas o maquinaria. Se recomienda hacer uso de los baños de uso común lo estrictamente imprescindible extremando en tal caso las medidas de higiene.