Diputación lanza segunda convocatoria para rehabilitar viviendas municipales en Soria
La Diputación ha aprobado la segunda convocatoria de subvenciones para que los ayuntamientos rehabiliten viviendas municipales, dentro del Plan Soria 2025.
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Se pretende cubrir al menos las cinco solicitudes que se quedaron fuera en la anterior convocatoria, y se hará gracias a remanentes de tesorería, según ha explicado el presidente de la diputación, Benito Serrano, en la rueda de prensa posterior a la junta de gobierno donde se ha aprobado esta convocatoria.
La partida destinada a este fin es de 80.000 euros y se mantiene la subvención a fondo perdido del 50 por ciento sobre el coste subvencionable, con un límite máximo de 24.200 euros por vivienda.
En la primera convocatoria, dotada con 200.000 euros, concurrieron 26 solicitudes, de las cuales se concedieron once, se desestimaron cinco por falta de crédito presupuestario y el resto por no cumplir con las bases de la convocatoria.
El Plan Soria conectada y saludable contempla el refuerzo de medidas de carácter poblacional en varios ámbitos, citando entre ellos expresamente la vivienda.
En varios apartados del Plan se contempla el objetivo de promover expresamente la disponibilidad de alojamiento en condiciones adecuadas, en especial apoyando la rehabilitación de viviendas, así como el fomento del parque público de viviendas destinado al alquiler social a través de actuaciones de rehabilitación de inmuebles y viviendas de titularidad municipal para destinarlas al alquiler social.
En muchas ocasiones ese patrimonio municipal está en desuso y no posee unas mínimas condiciones de habitabilidad.
Por otro lado, la demanda de trabajo en muchas localidades de la provincia no se cubre por la carencia, entre otras cosas, de vivienda en condiciones razonables de precio y habitabilidad.
El objetivo de la convocatoria es, por consiguiente, incrementar la oferta de vivienda pública en los pueblos de la provincia, como medio para posibilitar su desarrollo económico.
Pueden ser beneficiarios los municipios y entidades locales menores de menos de 20.000 habitantes que cumplan los siguientes requisitos: Ostentar la propiedad la vivienda que se va a rehabilitar con carácter de bien patrimonial, que los edificios en los que se encuentran las viviendas tengan un uso residencial ya sean unifamiliares o colectivas, las viviendas que se sitúen en municipios sujetos a Inspección Técnica de Edificaciones y que por su antigüedad lo requieran, deberán contar con el certificado e informe de ITE, las viviendas deberán tener una superficie mínima de 40 metros cuadrados y el edificio donde se encuentre la vivienda deberá estar construido antes de 2000.