Arcos de Jalón regula limpieza y vallado de solares y terrenos en su casco urbano
Arcos de Jalón ha aprobado definitivamente la ordenanza fiscal que regulará la tasa por limpieza de solares o terrenos en el casco urbano de la localidad.
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EL Boletín Oficial de la provincia recoge en su edición de hoy miércoles el texto íntegro de esta ordenanza municipal.
El Ayuntamiento arcobrigense señala en la ordenanza que en todos los sectores de suelo urbano del municipio existen numerosas parcelas y solares sin vallar y habitualmente también sin limpiar.
Estos solares presentan diferentes problemas por todos conocidos como son el depósito y acumulación de basuras y escombros, el crecimiento de malas hierbas y maleza que suponen un peligro para el resto de inmuebles, sobre todo por la posibilidad de incendios y el deterioro de la imagen pública de nuestro entorno urbano.
El estado de estos inmuebles, según señala el Ayuntamiento, no es una cuestión privada de competencia exclusiva de sus propietarios, sino que tiene una repercusión muy importante para todo el municipio y muy especialmente para los vecinos colindantes.
Las malas condiciones de limpieza de solares, determinan acumulación de basuras, la constitución de focos de infección, nidos de víboras y otros problemas derivados de esta situación todos ellos muy negativos para la salubridad, higiene pública, estética de nuestros pueblos y seguridad.
Por estos motivos, se hace necesaria la intervención municipal, mediante la creación de una tasa que permita corregir esta situación en lo sucesivo, obligando a los dueños de las parcelas a mantenerlas en perfecto estado de limpieza y que sirvan para mejorar notablemente el grado de seguridad en todo el término municipal, ya que las consecuencias que pueden surgir de su abandono las sufren todos los vecinos.
Para realizar este cometido, el Ayuntamiento pondrá en marcha un servicio público con el que cualquier propietario puede mantener sus parcelas en buenas condiciones sin exponerse a sanciones.
Constituye el hecho imponible de esta tasa la prestación del servicio de limpieza de los terrenos y solares de titularidad ajena a la municipal, enclavados dentro del casco urbano y que no reúnan las condiciones adecuadas para garantizar la higiene y seguridad pública.
La prestación del servicio tendrá carácter de voluntaria.
Cuando las condiciones del solar sean salvajes y sean necesarias tareas distintas de la limpieza, tales como desbroce y otras tareas que no se puedan abordar con el personal municipal, el Ayuntamiento dictará una orden de ejecución, conforme a la Ordenanza Reguladora de la Limpieza y Vallado de Solares y Terrenos en el término municipal de Arcos de Jalón, que será notificada a la propiedad.
A los efectos de determinar los sujetos pasivos, el Ayuntamiento podrá elaborar un censo anual, el que figurarán los solares que incumplan las obligaciones reseñadas en el artículo anterior y los contribuyentes afectados, que será expuesto al público durante un período de quince días a efecto de consulta por los afectados y reclamaciones.
Transcurrido el plazo de exposición pública, y resueltas las alegaciones al mismo, se requerirá a los contribuyentes afectados para que procedan a la limpieza del solar, conforme a la ordenanza reguladora en suelo urbano, aprobada por este Ayuntamiento.
Cuando las condiciones del solar sean tales que no se pueda efectuar la limpieza por medios propios y se deba contratar para realizarlos a una empresa privada, se comunicará la imposibilidad de realizar los trabajos de limpieza por el Ayuntamiento, pudiéndose acompañar de presupuesto de limpiezas realizado por empresa externa para que, en su caso, pueda contratarlo con la misma.
Responderán de la deuda tributaria los deudores principales junto a otras personas o entidades.
La cuota tributaria se fija de la siguiente manera: por cada metro cuadrado de superficie del solar a limpiar: 3,00 euros/m2.
Las cuotas no satisfechas en período voluntario serán exigidas por la vía de apremio.
Además, el Ayuntamiento de Arcos de Jalón ha publicado en el Boletín Oficial de la provincia de hoy miércoles el reglamento municipal regulador de la limpieza y vallado de parcels, terrenos o solares en suelo urbano.
La presente ordenanza será de aplicación a todos los terrenos situados en el término municipal de Arcos de Jalón.
Las condiciones de limpieza, seguridad y ornato público serán aplicables con carácter general a todos los terrenos.
El vallado de solares será de aplicación obligatoria a todos los solares situados en el municipio.
La obligación de vallar puede ser extendida a terrenos que no tengan la consideración de solares y a fincas rústicas por razones de seguridad, salubridad y ornato público.
Los propietarios, arrendatarios y usufructuarios deberán mantener los terrenos a los que afecta la presente ordenanza debidamente desbrozados con eliminación de capa vegetal y de aquellos materiales susceptibles de provocar incendios.
Esta obligación resulta exigible tanto en suelo urbano como en suelo urbanizable y rústico; debiendo desbrozar los terrenos antes del 1 de junio de cada año, debiendo mantenerlas desbrozadas durante todo el periodo estival para evitar peligros de incendio