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Ólvega incorpora normativa arqueológica a sus normas urbanísticas

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta ha publicado este miércoles en el BOCyL la orden por la que se aprueba el informe ambiental estratégico de una modificación puntual de las normas urbanísticas de Ólvega para incorporar la normativa arqueológica.

Esta incorporación permitirá inventariar, catalogar y proteger, el patrimonio arqueológico del municipio de Ólvega.

https://bocyl.jcyl.es/boletines/2026/05/20/pdf/BOCYL-D-20052026-94-13.pdf

El Ayuntamiento de Ólvega, presentó la solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica simplificada de la modificación puntual n.º 13 de las normas urbanísticas municipales, para incorporar a las mismas el documento de “Normativa Arqueológica”, que permita inventariar, catalogar y proteger, el patrimonio arqueológico del municipio.

Ólvega es un municipio de la provincia de Soria, localizado en el extremo noreste de la provincia y a unos 45 kilómetros de la cabecera provincial, con la que está conectada a través de la carretera nacional N-122. Cuenta con una extensión de 98,77 km² y una población de 3.838 (2024) habitantes, con una densidad de población de 36,66 Hab/km²

Forma parte de la comarca denominada Tierra de Ágreda, de la que es cabecera el municipio homónimo, constituyendo ambos una unidad funcional en la que Ágreda constituye el principal centro de servicios, y Ólvega destaca por su pujante sector industrial

Ambas localidades, conectadas por la carretera autonómica CL-101, se localizan además en un nodo estratégico de las comunicaciones con Logroño y Navarra.

Los ámbitos afectados por esta modificación son espacios incluidos casi en su totalidad en suelo rústico.

Solamente aparecen tres escenarios situados dentro del ámbito de suelo urbano, todos ellos en el municipio de Muro.

El objetivo de la ordenación propuesta es incorporar al planeamiento urbanístico del municipio de Ólvega, la aplicación de un procedimiento necesario y adecuado de forma previa a cualquier intervención de tipo constructivo, incluyendo también movimiento de tierras o cualquier otro que pueda alterar estos espacios o yacimientos, y que puedan afectar a los valores culturales contenidos en todos y cada uno de los yacimientos o BIC señalados.

El Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria informó que la incorporación de la normativa arqueológica para la protección de espacios con bienes culturales no supone, de manera general, cambios en relación con la afección a los valores naturales, puesto que se trata de documentar estos espacios, evitar su destrucción y, en caso de plantear algún tipo de actuaciones constructivas, llevar a cabo un control arqueológico como medida cautelar previa.

Todos los informes recibidos de las Administraciones públicas afectadas permiten deducir que no deben existir problemas ambientales significativos relacionados con las modificaciones propuestas, y que no existirá una afección indirecta sobre elementos con figuras de protección ambiental; tampoco resulta significativa la medida en que el plan o programa establece un marco para proyectos y otras actividades con respecto a la ubicación, la naturaleza, las dimensiones, las condiciones de funcionamiento o mediante la asignación de recursos.

Se considera que la modificación no influye en otros planes o programas, ni en la integración de consideraciones ambientales con objeto, en particular, de promover el desarrollo sostenible, ni en la implantación de legislación comunitaria o nacional en materia de medio ambiente.

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