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El Monte Toranzo vuelve a pertenecer al término municipal de Noviercas

El “Monte Toranzo” vuelve a pertenecer al término municipal de Noviercas, en lugar del de Soria, tras la resolución publicada por la Consejería de la Presidencia.

La Consejería de la Presidencia ha publicado hoy en el BOCyL la resolución de la cuestión suscitada sobre el deslinde entre los términos municipales de Noviercas, Borobia, Ólvega y Soria, en los términos del informe del Instituto Geográfico Nacional de 10 de julio de 2024, que determina atribuir la jurisdicción de la zona denominada “Monte Toranzo” al municipio de Noviercas, por lo que dicho territorio pasa a incluirse en su término municipal.

Además ha definido la concreción geométrica de la línea límite jurisdiccional en base al informe del Instituto Geográfico Nacional, de 19 de febrero de 2021, entre los municipios de Noviercas, Borobia, y Ólvega.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación.

https://bocyl.jcyl.es/boletines/2025/03/17/pdf/BOCYL-D-17032025-13.pdf

El procedimiento se inició en febrero de 2015, cuando el Ayuntamiento de Noviercas solicitó la iniciación de expediente de deslinde para la inclusión del territorio del Monte de Utilidad Pública n.º 178 “Toranzo” al municipio de Noviercas al considerar que pertenece a su término municipal y subsanar el error entonces existente de incluir dicho territorio como término municipal de Soria.

El 19 de octubre de 2017 se celebró la reunión de las comisiones municipales de deslinde, a la que la comisión del Ayuntamiento de Soria no acudió, las comisiones de Noviercas y de Ólvega manifiestaron su conformidad con el deslinde conforme a las actas de 1889, y la comisión de Borobia manifestó su disconformidad.

Consta en el expediente informe del Instituto Geográfico Nacional de 10 de julio de 2024, en el que se propone que la línea límite jurisdiccional entre los municipios la constituyen las coordenadas UTM (huso 30) de los mojones comprendidos en el ámbito de este expediente fijados en el informe del Instituto Geográfico Nacional de 19 de febrero de 2021.

Finalizado el plazo del trámite de audiencia presentaron alegaciones el Ayuntamiento de Noviercas y el Ayuntamiento de Soria, ratificándose en sus posiciones manifestadas a través del expediente, sin aportar documentación complementaria.

Finalizada la instrucción del procedimiento se remitió el expediente al Consejo Consultivo de Castilla y León para la emisión del preceptivo dictamen.

Tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo como los dictámenes del Consejo de Estado han establecido reiteradamente que la Administración para resolver los expedientes de deslinde ha de basarse, en primer lugar, en lo que resulte de deslindes anteriores practicados de conformidad con los municipios interesados, y que, solo a falta de documentos comprensibles de deslindes anteriores, deberán tenerse en cuenta, en segundo lugar, aquellos otros documentos que, aun no siendo de deslinde, expresen de un modo preciso la situación de los terrenos en cuestión y, por último, lo que resulte de fincas y heredades que se encuentren enclavadas en el terreno litigioso y demás pruebas que contribuyan a formar juicio sobre la cuestión planteada y de las que pueda deducirse con certeza a cuál de las partes favorece la posesión de hecho

Por lo tanto, la Consejería de la Presidencia ha advertido que en este expediente no se están resolviendo cuestiones relacionadas con la propiedad de terrenos o su aprovechamiento, sino con su jurisdicción.

“Revisada la documentación sobre los actos de jurisdicción presentada por todos los municipios litigantes, el Instituto Geográfico Nacional observa que el Ayuntamiento que, con más antigüedad y continuidad en el tiempo, ha demostrado el ejercicio de dicha jurisdicción ha sido el Ayuntamiento de Noviercas, por lo que, desde su punto de vista, debiera ser el ayuntamiento a quien le correspondería ejercerla”, subraya Presidencia en su resolución.

 

 

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