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Burgo de Osma

El Juzgado condena a ex-alcalde de El Burgo por falsificación de documento privado

El Juzgado de lo Penal de Soria ha condenado a seis meses de cárcel al que fuera alcalde El Burgo de Osma, Miguel Cobo, del PP, por un delito de falsificación de documentos privados.

El Juzgado ha considerado que Cobo es el autor de la firma de su compañero de partido, Luis Cuesta, sin su consentimiento, en el documento por el que PP y PSOE acordaron alternarse en la alcaldía de El Burgo de Osma en la pasada legislatura y dejar en la oposición al partido más votado, la Unión del Pueblo Soriano, encabezada por Antonio Pardo.

La sentencia impone también a Cobo, que puede presentar recurso ante la Audiencia Provincial de Soria, que indemnice con mil euros a Cuesta, personado como acusación particular en la causa, y que reclamaba 6.000 euros por los daños sufridos y necesitar tratamiento médico y medicación, un extremo que no fue acreditado en el juicio oral ni el perjudicado fue reconocido por el médico forense.

Además le ha impuesto una inhabilitación especial para el derecho del sufragio pasivo durante esos seis meses de pena, es decir, privación del derecho a ser elegido para cargos públicos durante el tiempo de la condena.

La jueza ha considerado como probado que el 30 de septiembre de 2019, Cobo, entonces alcalde de Burgo de Osma por el Partido Popular, se reunió, con Ángel Navas, concejal del PSOE en aquel momento, para elaborar un documento en el que se reflejaba un pacto de gobernabilidad consistente en el reparto de la alcaldía entre ambos partidos, debiendo ceder la alcaldía a mitad de legislatura, al Partido Socialista.

Cobo, a sabiendas de que su compañero de partido, Luis Cuesta, no estaba de acuerdo con el mismo, ni se encontraba presente en la reunión, simuló su firma y puso su número de DNI, sin que éste tuviera conocimiento de ello, ni le hubiera prestado su consentimiento ni su autorización para hacerlo, creando la apariencia de que Cuesta participó en su elaboración y, asimismo, daba su consentimiento al pacto alcanzado, según señala el fallo judicial.

Cobo ha negado en todo momento, durante el juicio celebrado el 12 de febrero, tener conocimiento del documento y haber participado en su firma.

En lo que respecta a la graduación de la pena concreta a imponer, según las reglas establecidas en el articulo 66 del Código Penal, el Juzgado de lo Penal ha impuesto la pena mínima prevista legalmente, al no concurrir circunstancias agravantes.

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