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Burgo de Osma

El Burgo resalta su apuesta por las familias con nueva convocatoria de ayudas a natalidad

El Ayuntamiento de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma continúa apostando por el apoyo a las familias de la localidad y por ello ha vuelto a convocar las ayudas a la natalidad.

Siguiendo la línea marcada en años anteriores, y con un firme compromiso por el aumento de la natalidad, otorgará 500 euros por nacimiento o adopción a todas aquellas familias que cumplan los requisitos marcados por las bases.

Aunque esta ayuda no signifique una razón fundamental a la hora de tener hijos, sí que pretende ser un apoyo y una muestra de la responsabilidad municipal.

Pueden solicitar la subvención las madres y/o los padres que hayan tenido un hijo y los adoptantes de niños de hasta 6 años durante el año 2025.

En el caso de fallecimiento de los padres, pasará a tener la condición de beneficiario la persona que asuma la patria potestad o tutela del recién nacido o adoptado.

Los requisitos para optar a la convocatoria marcan que la madre, padre o adoptante, solicitante de la subvención, esté empadronado en el municipio, durante los dos años anteriores al nacimiento o adopción.

También, que el niño nacido o adoptado esté empadronado en el municipio desde el propio nacimiento o la resolución de adopción y que tanto solicitante como nacido continúen empadronados al menos durante los tres años posteriores al nacimiento o adopción, salvo en los casos en los que concurran circunstancias laborales o familiares, debidamente justificadas y acreditadas, que lo impidan.

La cuantía máxima es de 18.000 euros.

En el caso de agotarse la consignación presupuestaria de la presente convocatoria, se llevará a cabo la correspondiente habilitación de crédito para atender las solicitudes de ayudas a la natalidad cuyos nacimientos se produzcan en el presente año 2025 y cumplan con los requisitos

El plazo para solicitar la ayuda se marca dentro de los tres meses siguientes a la fecha de nacimiento o adopción; o en el caso de nacidos durante el año 2025, con anterioridad a la entrada en vigor de las presentes bases, el plazo de solicitud será de 3 meses desde su entrada en vigor.

 

 

 

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