Sentencia confirma que trabajadores eligen cinco días retribuidos para cuidar a familiares enfermos
Los trabajadores tienen derecho a disfrutar como mejor les convenga los cinco días retribuidos para el cuidado de familiares por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica, aunque no requiera hospitalización, tal y como determina la Audiencia Nacional en una sentencia del pasado 12 de septiembre.
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La sentencia da la razón a la Central Sindical Independiente y de Trabajadores (CSIF), sindicato con presencia creciente en el sector privado, y a otras organizaciones frente a la compañía RACE.
Esta empresa realiza una interpretación restrictiva e injustificada de estos permisos exigiendo que se disfruten desde la fecha de la hospitalización y de forma consecutiva.
Sin embargo, tal y como apunta la Audiencia, este permiso tiene sentido cuando sirve para atender a la causa que lo permite.
Así, si el día en que se produce la enfermedad o el ingreso en el hospital cae en fin de semana o festivo, lo razonable es que los permisos puedan iniciarse el siguiente día laborable.
Además, según la Audiencia Nacional, la interpretación de la empresa resulta contraria al principio de igualdad real y perpetua la brecha laboral de género ya que supone un desincentivo para que los hombres asuman su deber de corresponsabilidad en las cargas laborales.
En definitiva, los trabajadores afectados podrán determinar la fecha de inicio del permiso en función de sus posibilidades de su conciliación, mientras el hecho causante permanezca.