Protocolo para alertar de agresores reincidentes
El Ministerio del Interior ha puesto en marcha el protocolo que utilizarán los miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado para alertar en determinados supuestos a mujeres víctimas de violencia de género si su agresor tiene antecedentes de comportamientos violentos en relaciones anteriores.
La iniciativa, que fue anunciada el pasado mes de diciembre por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, incorpora los criterios expresados en sus respectivos informes favorables por la Fiscalía de Sala Delegada de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía General del Estado y la Abogacía General del Estado.
Acorde con esas pautas, la Instrucción 1/2023 establece que los agentes de Policía Nacional o Guardia Civil encargados de ejecutar el plan de seguridad personalizado previsto en cada caso activado en el Sistema Viogén informarán a la mujer a proteger si su agresor ha sido denunciado por otra u otras víctimas de violencia de género anteriores si ésta circunstancia constituye un factor de riesgo especial para ella y para las personas que de ella dependan.
En ningún caso esa comunicación podrá realizarse con carácter sistemático o generalizado, sino que los agentes encargados de elaborar la valoración del riesgo deberán examinar cada caso concreto y evaluar diversos aspectos, entre ellos el grado de riesgo que los antecedentes del agresor suponen para su actual pareja o la necesidad de que ésta y su entorno los conozcan para mejorar su percepción del peligro que corren.
Por lo que a los antecedentes se refiere, los agentes policiales solo valorarán conductas de carácter violento o que hubieran implicado un riesgo cierto para la seguridad de la mujer agredida o su entorno denunciadas por víctimas precedentes durante los cinco años anteriores.
Y quedan excluidos de esta valoración aquellos hechos prescritos o sobre los que conste en el Sistema Viogén la existencia de una sentencia absolutoria o de sobreseimiento libre del procedimiento judicial.
Además, los agentes policiales deberán poner en relación la gravedad de estos antecedentes con el nivel de vulnerabilidad de su víctima para determinar si ésta debe conocerlos para que se implique de manera activa en su autoprotección.
Si el análisis de estos factores y el resto de los indicadores utilizados para realizar la valoración policial del riesgo lo aconseja, la comunicación de los antecedentes del denunciado a su víctima se producirá en aquellos casos considerados de riesgo medio de especial relevancia, así considerados porque combinan circunstancias que aumentan de manera significativa la probabilidad de que el agresor ejerza sobre la mujer una violencia muy grave o letal, alto o extremo.
En todo caso, y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, la comunicación a la víctima se limitará a señalar que su agresor tiene antecedentes por violencia machista en el Sistema Viogén, sin facilitarle mayores precisiones sobre los hechos anteriores que se le atribuyen.
Agresores persistentes
La Instrucción 1/2023 de la Secretaría de Estado de Seguridad refuerza así la estrategia impulsada por ese centro directivo desde 2021 para prevenir el círculo lesivo de violencia perpetrada por los 'agresores persistentes', y para ello incorpora también las conclusiones y recomendaciones realizadas por el grupo de análisis policial convocado por el ministro del Interior el pasado mes de enero para examinar el repunte de los asesinatos machistas.
Una de las recomendaciones consensuadas en ese foro y recogidas en la orden del secretario de Estado es intensificar las medidas de monitorización y supervisión de cualquier agresor de mujeres y, en particular, de los reincidentes. También, profundizar la investigación en el entorno de la víctima (familiares cercanos, vecinos, amigos o contactos virtuales…), donde a menudo aparecen datos que permiten ajustar con mayor precisión el peligro latente existente en la relación conflictiva.
Entre otras novedades, la Instrucción 1/2023 introduce una nueva funcionalidad en el Sistema Viogén para que, cuando detecte la existencia de un reincidente, y con independencia del nivel de riesgo asignado al caso concreto, genere una diligencia que de manera automática será notificada a las autoridades judicial y fiscal competentes, lo que mejorará la información disponible por tribunales y Fiscalía a la hora de tomar las decisiones que consideren oportunas.
Esa consideración de 'caso persistente' también aparecerá reflejada, de manera automatizada, en cualquier documentación manejada por los agentes policiales encargados de la protección de sus actual y precedentes víctimas.
La instrucción del secretario de Estado ordena a los agentes que, en el momento de informar al denunciado por violencia de género de que está sometido a control y seguimiento policial, le comuniquen también que las medidas acordadas en su caso se podrán extender a otras víctimas previas de su acción agresora. Esta iniciativa se reproducirá en el supuesto de agresores reincidentes presos que, por un permiso o por extinción de la condena, puedan abandonar el centro penitenciario.
Los agentes deberán extremar también le verificación del cumplimiento de las medidas judiciales de protección dictadas contra un agresor reincidente, como las órdenes de alejamiento, y en los supuestos en los que opten por solicitar a la Fiscalía la asignación de un dispositivo telemático de control para mantenerle vigilado, en el atestado destacarán que contra él constan denuncias de víctimas anteriores en el Sistema VioGén y que esta circunstancia supone un notable riesgo específico de reiteración delictiva.
Además, cuando el agresor reincidente esté inmerso en un caso de especial relevancia con nivel de riesgo medio, alto o extremo, los especialistas policiales actualizarán la valoración del riesgo que corren sus anteriores víctimas con casos activos en el Sistema Viogén, y se pondrán en contacto con aquellas mujeres que ya fueron agredidas por el mismo sujeto pero su caso lleva inactivo un máximo de 90 días, para que incrementen sus precauciones. En este sentido, los técnicos del ministerio estudian ya mecanismos para retrasar la inactivación de los casos abiertos en el sistema.
Por último, y tras valorar como muy positiva la experiencia de reunir un grupo de trabajo policial para analizar cada uno de los homicidios o asesinatos por violencia de género perpetrados en 2022 y evaluar la respuesta policial en aquellos casos en los que mediaba denuncia previa de la mujer víctima, la Instrucción 1/2023 crea la Mesa de Evaluación y Seguimiento de los Casos Letales de Violencia de Género.
En este grupo de trabajo, que se constituirá en el ámbito del Área de Violencia de Género de la Secretaría de Estado de Seguridad, participarán todos los actores integrados en el Sistema VioGén.
La mesa celebrará al menos una reunión ordinaria mensual, la primera de las cuales está prevista para el próximo 23 de febrero. También podrá ser convocada de manera extraordinaria cuando se estime oportuno con el objetivo de obtener mejoras en las prácticas policiales para prevenir estos crímenes machistas.