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La campaña de la renta de 2025 llega con varias novedades

La campaña de la renta de 2025 se abrirá el miércoles 8 de abril y llegará con varias novedades, como una deducción para las rentas del trabajo inferiores a 18.276 euros y un tipo más alto para las rentas del ahorro superiores a 300.000 euros.

La presentación de la declaración del IRPF es obligatoria para todos los contribuyentes con rentas del trabajo superiores a 22.000 euros si proceden de un único pagador o de 15.876 euros si proceden de dos o más pagadores.

También tendrán que presentar su liquidación quienes hayan estado dados de alta como autónomos a lo largo de 2025 y quienes hayan percibido el ingreso mínimo vital -pese a que está exento-, pero no quienes hayan cobrado la prestación por desempleo, que solo están obligados si superan los umbrales de renta.

El Gobierno ha puesto en marcha una deducción de hasta 340 euros en el IRPF para las personas que hayan ganado entre 16.576 y 18.276 euros el pasado ejercicio.

Con esta medida se busca compensar la subida del salario mínimo interprofesional (SMI), fijado en 16.576 euros en 2025, y proteger a los trabajadores que cobran los sueldos más bajos.

Por tanto, el objetivo de esta deducción es que aunque estas personas hayan experimentado el incremento del SMI, no paguen más impuestos por ello y no vean mermada su capacidad adquisitiva.

No obstante, la cuantía dependerá de los ingresos obtenidos:

Si los rendimientos de trabajo fueron iguales o inferiores a 16.576 euros el año pasado, la deducción será de 340 euros.

Si se obtuvieron entre 16.576 y 18.276 euros, la cuantía se reducirá en función de los ingresos obtenidos

En caso de haber ganado más de 18.276 euros, no se tendrá derecho a esta deducción

En principio, Hacienda debería aplicar de forma automática esta deducción si se tiene derecho a ella. No obstante, en el borrador aparece en el apartado "Deducciones generales" y, dentro del mismo, en el de "Deducción por obtención de rendimientos del trabajo".

En esa página, habría que rellenar las retribuciones recibidas y las cotizaciones a la Seguridad Social para que luego, en el resumen de la declaración, aparezca reflejada la cuantía final de la deducción.

Los parados no están obligados a presentar la declaración

Hasta ahora, los desempleados tenían que hacer la declaración. 

Sin embargo, este año, tras una rectificación del Gobierno, no tendrán que presentarla, siempre y cuando sus ingresos no superen los límites económicos generales fijados para el resto de contribuyentes.

En términos generales, están obligadas a presentarla los contribuyentes que han cobrado más de 22.000 euros en 2025 de un único pagador, o aquellos que han percibido más de 15.876 euros de dos o más pagadores.

Teniendo esto en cuenta, si una persona ha estado desempleada en 2025 y solo ha ingresado el paro, sin superar los 22.000 euros anuales, no tendrá que hacerla.

Pero si ha ingresado más de ese umbral, si ha trabajado como autónomo o si ha cobrado el Ingreso Mínimo Vital (IMV), sí tendría que presentar la declaración porque son situaciones que obligan a ello.

Los grandes ahorradores pagarán más

El tipo impositivo a quienes hayan obtenido ganancias patrimoniales por encima de 300.000 euros anuales ha subido del 28 al 30%. 

Se aplica solamente a la cuantía que exceda esa cifra y afecta a dividendos, intereses bancarios y lo que se haya ganado por vender fondos de inversión, acciones u otros activos financieros.

Por tanto, se ha elevado el tipo que se aplica al tramo más alto de la escala del ahorro, de modo que no afecta a los pequeños ahorradores.

Las ayudas por la dana y los incendios, exentas en el IRPF

Las ayudas públicas para cubrir daños personales y materiales destinadas a las víctimas de la dana y los incendios forestales del año pasado están exentas en el IRPF.

Esto incluye las destinadas a particulares para la reparación de sus viviendas, vehículos y enseres, y también las dirigidas a empresas y autónomos para el mantenimiento del empleo y la reactivación económica de las zonas afectadas.

Más deducciones autonómicas

Este año hay 30 deducciones autonómicas nuevas y más de 90 han sido modificadas.

Por ejemplo, las personas celíacas podrán acceder a una deducción de hasta 100 euros si viven en Andalucía, en Asturias y, en el caso de La Rioja, la cuantía puede llegar a 250 euros.

En el caso de los enfermos de ELA, también tendrán derecho a una deducción en Galicia, Extremadura e Islas Baleares.

Por otro lado, Andalucía y la Región de Murcia se han sumado este año a las regiones donde es posible deducirse parte de los gastos del gimnasio, junto a la Comunidad Valenciana y La Rioja.

Además, en Andalucía y en la Región de Murcia también hay otra deducción por gastos veterinarios de hasta 100 euros.

Alquiler, compra de vehículos eléctricos, residencia habitual en municipios con riesgo de despoblamiento... En total, hay más de 300 deducciones autonómicas, todas ellas de ámbitos diversos. Por ello, es recomendable investigar cuáles son las que tiene cada comunidad antes de presentar la declaración, ya que no aparecen por defecto en el borrador de la renta, sino que es el propio contribuyente quien tiene que introducirlas y reunir la documentación que lo justifica.

Por otro lado, se mantiene la deducción por comprar vehículos eléctricos enchufables e instalar puntos de recarga en inmuebles propios. También se aplica otra por haber realizado obras de mejora de eficiencia energética en viviendas.

Pagos por Bizum, criptomonedas y pisos turísticos

Hacienda seguirá vigilando los pagos realizados por Bizum. Sin embargo, no se centrará en las cantidades que los particulares puedan transferir por esta vía en compras rutinarias, sino que pondrá el foco en los ingresos que obtengan los autónomos mediante este servicio, con el fin de asegurarse de que declaran las cuantías obtenidas.

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