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Competición impone un partido de sanción a Marc Mateu

Desestima el recurso presentado por el Numancia

El Comité de Competición de la RFEF ha desestimado hoy el recurso presentado por el Numancia y ha impuesto un partido de sanción al futbolista Marc Mateu.

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El citado comité ha recordado en su resolución que el artículo 236.1 del Reglamento General de la RFEF establece que el árbitro es la autoridad deportiva “única e inapelable” en el orden técnico para dirigir los partidos, por lo que no es posible revocar una decisión arbitral invocando una discrepancia en la interpretación de las reglas del juego, cuya competencia “única, exclusiva y definitiva” corresponde al colegiado, según el tenor literal del artículo 111.3 del Código Disciplinario de la RFEF.

"Las apreciaciones arbitrales referentes a la disciplina deportiva basadas en hechos relacionados con el juego son definitivas y se presumen ciertas, obligando a quien las impugna a hacer quebrar su interina certeza con una prueba concluyente y rotunda, que ponga de manifiesto un claro error arbitral, ya sea por la inexistencia del hecho reflejado en el acta o la patente arbitrariedad de la misma, a tenor de lo dispuesto en los artículos 27.3 y 130.2 del Código Disciplinario de la RFEF", se puede leer en la resolución del Comité de Competición.

El citado comité asegura además que en esta ocasión el rigor probatorio exigido para hacer quebrar la presunción de veracidad de los hechos establecidos en el acta no es suficiente a los efectos pretendidos, por cuanto del examen de las imágenes se desprende una clara infracción del artículo 123.1 del Código Disciplinario por parte del jugador Marc Mateu, al derribar violentamente al adversario con ocasión del juego.

"Es precisamente la circunstancia de llegar tarde al balón (que el club argumenta como atenuante o eximente) la que debería haber tenido en cuenta el referido jugador para evitar la comisión de la acción antirreglamentaria merecedora de la sanción de suspensión por un partido prevista en el aludido precepto", señala.
Por todo ello, el Comité de Competición ha acordado suspender por un partido a Marc Mateu, "por producirse de manera violenta con otro futbolista", con multa accesoria en cuantía de 200 euros al club y de 600 euros al infractor, en aplicación de los artículos 123.1 y 52.3 y 4 del Código Disciplinario de la RFEF.

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