Suspendido parcialmente el concurso abierto de los funcionarios de la Junta
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Un auto del Juzgado número 4 de lo Contencioso Administrativo de Valladolid ha suspendido parcialmente el concurso abierto y permanente de los funcionarios de la Junta de Castilla y León.
Procede, y así se acuerda por medio de este Auto, suspender la ejecución de la resolución fechada el día 11 de octubre de 2018 en lo que se refiere exclusivamente a la resolución definitiva del concurso convocado respecto a aquellos concursantes que hayan solicitado los puestos de trabajo adscritos en exclusiva a las Escalas Sanitarias de los Cuerpos de Administración Especial ofertados por medio de la resolución fechada el día 17 de octubre”, señala el auto.
En el recurso contencioso-administrativo planteado por La Unión Sindical de Castilla y León –USCAL- contra el Concurso Abierto y Permanente en el que se ofertan 6.000 puestos de trabajo y en el que participan más de 5.800 funcionarios de los Cuerpos de Administración General, Especial y Sanitaria, el Juzgado nº. 4 de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, suspende cautelarmente la resolución definitiva de los cerca de 500 puestos de trabajo vacantes, exclusivos de sanitarios. Indirectamente se verán afectados todos los puestos compartidos entre la Administración General y Especial por lo que la resolución definitiva de más de 1.000 puestos de trabajo tendrá que esperar a que la sentencia del contencioso planteado por USCAL sea firme o se levante la suspensión.
Hace escasas fechas, otro auto del Juzgado nº. 3, igualmente suspendía cautelarmente la oferta de las 31 plazas ofertadas para los letrados de la Junta, por la misma causa:
“la dependencia causal de estas para con el catálogo [de puestos Tipo] anulado por la STSJCyL [núm. 1265 de 20.12.2018, PO 812/2017], dado que no sólo se llegaría a una situación jurídicamente irracional con el consecuente perjuicio de muy difícil reparación sino por la muy marcada apariencia de buen derecho que dada la sentencia, ofrece la pretensión cautelar (en verdad cabría hablar también de una pérdida sobrevenida de objeto). Hay razón para la limitación de la medida a todos los puestos de letrado que la administración demandada interesa de modo subsidiario, pues la legitimación, sólo les habilita, dicho sea a efectos meramente cautelares, para la impugnación de estos, con independencia de los concretos niveles reconocidos”.
Ya son cuatro las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que anula el Catálogo de Puestos Tipo, la última de ellas la ganada por CESM-USCAL y que adjuntamos a esta nota de prensa. A pesar de ello, la Consejería de la Presidencia se ha obstinado en tramitar de nuevo el catálogo, esta vez en forma de Decreto, pero adoleciendo de los mismos errores de base que nos ha llevado a los tribunales de justicia, y que de seguir por esos cauces, nos obligará de nuevo a recurrirle. Y no olvidemos, que el Catálogo de Puestos Tipo es la base fundamental con la que se modificaron las actuales Relaciones de Puestos de Trabajo (que también tenemos recurridas desde USCAL) y que sirven para ofertar los 6.000 puestos de trabajo vacantes objeto del concurso abierto y permanente que dos juzgados diferentes suspenden parcial y encadenadamente.
La inseguridad jurídica a la que está llevando la Consejería de la Presidencia a sus 15.000 funcionarios no tiene precedente, según USCAL.
"Su errática política de personal se está derrumbando como un castillo de naipes, lo que tira por los suelos tres años y medio de trabajo sindical y, lo más grave, está desorientando y desasosegando a los empleados públicos de Castilla y León, que lejos de ver incentivado su trabajo diario con decisiones justas, firmes y coherentes, están viendo cómo se minusvalora su esfuerzo y profesionalidad con decisiones rayanas en la arbitrariedad, tal como señala el juzgado en el recurso aludido del catálogo de puestos tipo", ha apuntado.
“La falta de justificación de cómo se ha llevado a cabo esa reducción de 700 tipos de puestos de trabajo existentes a 81 puestos tipo, sin trabajos preparatorios, estudios, informes y alegaciones de las Consejerías afectadas todas ellas por la nueva ordenación del personal funcionario, evidencia que no ha habido legítimo ejercicio de la potestad discrecional de organización del personal, sino arbitrariedad”, se puede leer en el auto.
Ya son cuatro las sentencias que anulan el “ACUERDO 42/2017, de 31 de agosto, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el catálogo de puestos tipo de personal funcionario al servicio de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos”, tal como veníamos anunciando durante toda la tramitación de las Relaciones de Puestos de Trabajo (RPT´s) y del Concurso Abierto y Permanente.
La de CESM-USCAL es la cuarta sentencia (TSJCYL nº 10/2019) que por defectos de forma (inmotivación documental e indebida tramitación procedimental), y sin entrar en el fondo de las cuestiones planteadas, anula por cuarta vez consecutiva un catálogo que, no solo en opinión de CESM-USCAL, sino del juzgado, estaba cargado de despropósitos, irregularidades, limitaciones, y lo más grave, arbitrariedades.