Principales fechas en la cuenta atrás para las elecciones de 10-N
Comienza la cuenta atrás para unas nuevas elecciones, que se celebrarán el 10 de noviembre. Mañana martes se pondrán en marcha las principales fechas que todo ciudadano debe conocer sobre la nueva convocatoria.
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Además contienen novedades con respecto al 28-A, como la reducción del tiempo dedicado a la campaña electoral o la disminución de días entre el anuncio de la convocatoria y la fecha de la votación.
El día 24 de septiembre se convocan oficialmente los comicios con el anuncio del BOE. A partir de ese momento las nuevas elecciones se efectuarán en un plazo de 47 días, algo que cambia de la convocatoria ordinaria, que establece 54. Esta reducción se ha producido por la reforma que se efectuó en la Ley Electoral en el año 2016. En virtud de esa modificación, también se ha disminuido los días de campaña electoral. En esa nueva convocatoria durará 8 días, en lugar de los 15 que hubo en abril. El inicio oficial de la campaña será el próximo 1 de noviembre y finalizará el día 8 a las 00.00.Otras fechas importantes son el 25 de septiembre, día en el que se conforman las Juntas Electorales Provinciales y de Zona, y según la citada norma, “su composición será idéntica a la que tuvieran en el momento de la finalización de su mandato”.
Más próximo a las fechas de los comicios, ya el 15 de octubre, será la publicación oficial de las listas electorales.
En este anuncio se incluirán los cambios y modificaciones de los candidatos con respecto a los anteriores comicios. Y 10 días más tarde tiene lugar otra fecha esencial.
El día 25 de octubre comienza el reparto de papeletas electorales, sobres o propaganda por parte de los partidos. Un reparto del que el ciudadano podrá darse de baja, en caso de no querer recibir publicidad por correo.
Sin propaganda política
Muchos ciudadanos están disconformes con recibir las notificaciones en las que se incluyen los resúmenes de los programas de cada partido y la papeleta, para llevarla preparada desde casa, a pesar de que estarán disponibles en los centros electorales el día de las elecciones.
Es por ello, que el INE permite que todos aquellos que lo deseen puedan cancelar su suscripción para no recibir estos envíos.
A pesar de que todavía no ha arrancado oficialmente el periodo electoral, aquellos que lo deseen ya pueden darse de baja. El servicio estará disponible hasta el 7 de octubre, 13 días después de la convocatoria de elecciones.
El proceso para darse de baja es relativamente sencillo y podrá hacerlo cualquier persona que esté inscrita en el censo electoral.
Lo primero que necesitas es acceder a la página web oficial del INE. El siguiente paso es tener cerca la Cl@ve o el certificado digital. Si no tienes la Cl@ve en este enlace podrás hacerla a través de varios métodos, online o presencialmente.
Esta plataforma es de gran utilidad para los ciudadanos, ya que, mediante un usuario y contraseña, permite verificar la identidad para acceder a todos los servicios de la Administración. En el caso del certificado digital se realiza en poco más de una hora, luego hay que añadirlo al navegador web y ya podría usarse.
Una vez se haya accedido al sistema, habría que seleccionar la opción de “exclusión” y “enviar la solicitud” para completar el proceso. Una vez terminado, podrás descargar un documento en formato pdf con la confirmación.
De igual forma, la persona que solicite ser excluido del reparto podrá volver a incluirse en el sistema siguiendo el mismo proceso de ejecución. Es decir, no es una opción irreversible, siempre y cuando se efectúe dentro de los plazos indicados.