Desescalada: tres condiciones para realizar ciclismo
El Ayuntamiento de Soria ha recordado hoy que el ciclismo en fase 0 de la desescalada debe realizarse con casco, de forma individual y sin salir del término municipal.
Medidas adicionales para el uso de los huertos municipales
Vinilos para señalizar la distancia de seguridad en comercios
El Ayuntamiento de Soria ha insistido este lunes a la población en la necesidad de extremar las medidas de seguridad para evitar la expansión del covid cumpliendo las distancias sociales, habitualmente de dos metros y en los casos de la práctica deportiva entre 10 y 20, franjas horarias, según edad y actividad, y las limitaciones referidas a deporte o paseo así como a la que determina que no se puede salir del término municipal en la fase 0 que es en la que actualmente se encuentra la ciudad y todas las zonas limítrofes.
Por otro lado, ha recordado también que se deben cumplir todas las normas de tráfico como el uso obligatorio del casco en la bicicleta y el respeto a la señalización vertical y horizontal.
Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5. 3.
Durante los paseos se podrá salir acompañado de una sola persona conviviente.
No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo también por una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual.
La práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto solo se podrá realizar de manera individual.
No obstante, aquellas personas que por necesidad tengan que salir acompañadas podrán hacerlo por una persona conviviente, una persona empleada de hogar a cargo o persona cuidadora habitual. Los paseos se realizarán con una distancia no superior a un kilómetro con respecto al domicilio.
Dicha limitación no será aplicable a la práctica no profesional de cualquier deporte individual, estando ésta permitida dentro del municipio donde se reside
Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos en esta orden.
No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas para la práctica de las actividades previstas en esta orden. No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden.
BOLETÍN
https://boe.es/boe/dias/2020/05/01/pdfs/BOE-A-2020-4767.pdf
PLANO TÉRMINO MUNICIPAL