La Junta licita aprovechamiento cinegético de tres montes de Utilidad Pública en Soria
El Servicio Territorial de Medio Ambiente de la Junta en Soria ha publicado la licitación de la enajenación del aprovechamiento cinegético en tres montes de Utilidad Pública de la provincia, pertenecientes a la Comunidad de Castilla y León, por un importe global de 159.276,17 euros, finalizando el plazo de presentación de ofertas a las 19 horas del próximo día 10 de junio.
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En los tres casos la duración del aprovechamiento asciende a cinco años, comprendiendo las temporadas de caza de la 2025-2026 a la 2029-2030.
Dentro de cada año, el aprovechamiento podrá realizarse únicamente en los periodos hábiles de caza fijados por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para cada una de las especies.
La gestión de los aprovechamientos cinegéticos, entendiendo como tal el aprovechamiento de los productos con valor de mercado característicos de la actividad en terrenos cinegéticos, entre los que incluyen las piezas de caza y desmogues, en los terrenos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, debe responder tanto a la necesidad de conservación y sostenibilidad de los recursos cinegéticos como a fomentar y facilitar el ejercicio de la caza en régimen de igualdad a todos los cazadores.
El primero de los lotes corresponde al aprovechamiento cinegético de 727 hectáreas del Monte de Utilidad Pública (MUP) número 347, denominado ‘Valduérteles’, en el término municipal de Villar del Río.
El presupuesto base de licitación asciende a 43.103,83 euros (impuestos incluidos).
El segundo lote es el referido al aprovechamiento en 834,7 hectáreas del MUP número 361, denominado ‘Los Cejos y Peñanegrilla’, en el municipio de Ágreda.
El presupuesto base de licitación asciende a 37.167,51 euros (impuestos incluidos).
Es objeto del tercer lote, el aprovechamiento en 658,53 hectáreas del MUP número 362, denominado ‘Fuentes de Velasco’, en El Burgo de Osma.
El presupuesto base de licitación asciende a 79.004,83 euros (impuestos incluidos).
Los pliegos de las licitaciones de cada uno de los lotes incluyen una serie de condiciones complementarias, como que serán respetadas por los titulares o arrendatarios del coto resultante todas las servidumbres del monte o montes que lo componen, y no podrá impedir la ejecución de otros trabajos, aprovechamientos o proyectos que se lleven a cabo en los montes por el Área de Gestión Forestal.
El adjudicatario del aprovechamiento deberá cuidar que el perímetro correspondiente al coto privado de caza esté señalizado en todo momento, de acuerdo con las normas establecidas reglamentariamente, mientras dura la adjudicación. Así mismo, será responsable de cuantos daños y perjuicios pudieran derivarse al monte como consecuencia directa o indirecta de la realización de este aprovechamiento.
Finalizado el aprovechamiento, el adjudicatario deberá dejar el terreno en las debidas condiciones. Respecto a la señalización cinegética, el titular del coto estará obligado a su retirada en caso de procederse a la extinción del coto de caza.
Tal obligación podrá obviarse cuando esté en tramitación un expediente de cambio de titularidad, siempre que exista acuerdo en tal sentido entre el anterior y el próximo titular.
El número de cacerías, los cupos de caza, número de jornadas de caza y número de cazadores se ajustarán a lo reflejado en el plan cinegético del coto privado de caza en el que se encuentra el monte. Dichas cantidades podrán verse modificadas por órdenes o disposiciones relativas a la materia.