El Procurador del Común archiva la queja presentada por UGT en la Diputación
Sobre las bases del concurso de traslados
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El Procurador del Común ha desestimado al informe de queja presentado por el sindicato UGT de la Diputación provincial de Soria contra las bases del concurso de traslados elaborado por la institución provincial, por considerar que no se había redactado de acuerdo a la normativa ni al convenio colectivo actualmente en vigor.
La conclusión emitida por el Procurador del Común asegura extualmente, según la información remitida hoy por el gabinete de prensa de la corporación provincial, que "no se detecta en los hechos que en la misma se expone ninguna vulneración de derechos de los ciudadanos achacable a la actuación de esa Administración que requiera una decisión supervisora del Procurador del Común de Castilla y León. En consecuencia, se procede al archivo del expediente".
Desde el área de Personal de la Diputación, su responsable, Pedro Casas, salió al paso de la presentación de la queja de UGT por supuestas irregularidades asegurando que las bases del concurso de traslados se había redactado de acuerdo a la legalidad vigente y en base a un informe llevado a cabo por los servicios jurídicos de la Diputación, así como a las consultas expuestas al abogado externo que asesora a la institución en cuestiones de ámbito laboral.
“Siempre he mostrado el máximo respeto hacia las consideraciones sindicales de UGT y ahora no puedo por menos que sentirme respaldado y tranquilo con la conclusión y el archivo del informe emitido por el Procurador del Común”, ha valorado hoy el diputado de Personal.
El informe realizado por los servicios jurídicos de la Diputación afirma que la previsión de reubicación del personal no fijo “en nada afecta al orden de provisión de vacantes del artículo 11 del Convenio Colectivo, pues se trata de plazas vacantes derivadas, precisamente, de la resolución de un concurso de traslados de los previstos en dicho precepto”.
Proceso selectivo
Además recuerda que los trabajadores no fijos que pudieran estar afectados por la base impugnada adquirieron esta condición mediante la superación del oportuno proceso selectivo.
Y añadía, “la conformidad a derecho, o no, de estas eventuales reubicaciones del personal no fijo es independiente de su previsión, o no, en las bases de un concurso de traslados, pues ni los trabajadores no fijos participan en el concurso ni sus eventuales reubicaciones, de producirse, forman parte de su resolución, sino que se trata de consecuencias que sólo serán impugnables si, eventualmente, se concretaran en resoluciones individuales de reubicación”.