Soledad Borque, Cruz al Mérito de la Abogacía
El Consejo de la Abogacía de Castilla y León (CACYL) ha concedido la ‘Cruz al Mérito de la Abogacía de Castilla y León’ a la ex decana de Soria, María Soledad Borque Borque, por la labor desarrollada para la abogacía institucional de la Comunidad.
FOES pide dinero suficiente para fiscalidad diferenciada
Veinticinco años del Toro de Plata en un libro
El acto se ha desarrollado esta mañana en la Audiencia Provincial de Soria tras la celebración del pleno de la institución, al que han asistido la Comisión Permanente y los consejeros de las nueve provincias castellanas y leonesas.
El presidente del CACYL, Julio Sanz Orejudo, ha aprovechado la ocasión para hacer un balance sobre la situación de la abogacía y la Justicia en Castilla y León, centrado en la reivindicación al derecho a conciliar de los letrados.
Una petición con la que reclaman que los abogados disfruten de los mismos permisos y reconocimientos a efectos laborales que el resto de profesiones, como los permisos por maternidad y paternidad, fallecimiento de un familiar o enfermedad grave.
María Soledad Borque Borque fue la primera mujer que ejerció como decana en Soria, al ser elegida para el cargo en 2011, donde se mantuvo hasta febrero de 2020.
En el CACYL arrancó su andadura como secretaria en 2005, fue nombrada consejera tres años después y asumió el cargo de tesorera hasta 2012. Asimismo, ha sido consejera del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) y presidenta de la Subcomisión de Mediación y otros métodos alternativos de resolución de conflictos.
Borque suma ya 32 años de ejercicio profesional como abogada.
En cuanto a la conciliación, una petición promovida por el CGAE, se reclama un avance legislativo importante e inmediato.
Aunque algunas de las peticiones ya han sido acordadas con el Gobierno a la espera de ser refrendadas en el Parlamento, se trata únicamente de un avance en el camino hacia una conciliación efectiva que los profesionales de la abogacía merecen en la misma medida que el resto de trabajadores, según destacan desde el propio Consejo General.
Según el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Justicia y todas las profesiones jurídicas representadas en el grupo de trabajo sobre conciliación solicitado por el CGAE, el permiso de maternidad y de paternidad permitirá la suspensión de los procedimientos judiciales, y los días de Navidad que transcurren entre el 24 de diciembre y el 6 de enero serán inhábiles a todos los efectos en la Justicia española.
Estas novedades serán incorporadas al texto del anteproyecto de ley de eficiencia procesal, que será tramitado en el Congreso de los Diputados este año. La Abogacía lleva tiempo reivindicando una reforma legal para que los letrados tengan los mismos derechos que otros trabajadores y evitar que sus posibilidades de conciliación dependan de la discrecionalidad de los jueces.
Permisos y periodo inhábil
El texto acordado recoge también que, para los casos de nacimiento y cuidado de menores, los profesionales de la abogacía que estén disfrutando del permiso por maternidad o paternidad puedan solicitar la suspensión del procedimiento, y por tanto de todos los actos y plazos procesales en curso, para el período de descanso laboral obligatorio establecido según la legislación laboral y de seguridad social.
Esta suspensión afectará a todos los procedimientos en los que el letrado intervenga.
Además, se amplía al periodo navideño la inhabilidad del mes de agosto, al modificarse la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su art. 130.2, que establecería que “son días inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, y los días que median entre el 24 de diciembre y el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, los días de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en la respectiva Comunidad Autónoma o localidad”.
Finalmente, en los casos de enfermedad grave o fallecimiento de un familiar del profesional de la abogacía, se incluye ahora la suspensión de 3 a 5 días, según necesidades de desplazamiento.