Campaña provincial de la DGT para evitar las distracciones al volante
La Jefatura Provincial de Tráfico ha puesto en marcha desde hoy una nueva campaña específica de vigilancia que durará hasta el próximo domingo 17 de mayo y que, en esta ocasión, estará centrada en las distracciones al volante en las carreteras de la provincia de Soria.
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Las distracciones al volante son el primer factor concurrente en los siniestros mortales de tráfico.
Desde el 1 de enero 2025 hasta el 30 abril de 2026 se han producido en la provincia 7 accidentes con víctimas mortales, con el resultado de 7 personas fallecidas.
Durante este periodo de tiempo, la conducción distraída o desatendida y/o cansancio o sueño aparece como causa en 5 accidentes mortales, un 71 por ciento del total, en los cuales fallecieron 5 personas.
Este tipo de campañas siguen siendo imprescindibles para concienciar sobre los riesgos que implica la conducción distraída o desatenta.
La conducción distraída es un fenómeno frecuente que ocurre cuando se desvía la atención de las tareas necesarias para conducir y al mismo tiempo se realizan otras actividades ajenas a la propia conducción, desviando la mirada de la carretera durante algunos segundos.
Cuanto mayor sea la velocidad del propio vehículo y/o del resto de vehículos, el margen de reacción que tiene el conductor será menor frente a los imprevistos.
Distracción y velocidad se convierten así en un binomio que aumenta muy significativamente los niveles de riesgo de colisión así como sus consecuencias.
El uso de dispositivos electrónicos, en sus diversas funcionalidades, está reconocido en diversos estudios como una de las distracciones más habituales con severas consecuencias para la conducción atenta, pues es una de las distracciones que origina perturbaciones en casi todas las capacidades necesarias para conducir a la vez: cognitiva, visual, manual, auditiva, etc.
Existen otras distracciones clásicas en repertorio de factores de riesgo, como encender y/o apagar un cigarrillo que se tarda una media de 4 segundos, lo que resulta que a una velocidad de 100 km/h, el vehículo recorre 113 metros sin control.
Consejos para evitar distracciones
Disuadir a los conductores de llamar o coger el móvil mientras se conduce.
Antes de llamar a un móvil piense si el destinatario va conduciendo. En caso afirmativo no llame. Todos somos responsables.
Desconectar el móvil sin manos libres mientras se conduce. Nada puede ser tan urgente que compense el riesgo de sufrir un accidente.
Los teléfonos “manos libres”, los únicos permitidos, son menos peligrosos que los otros, pero no disminuyen todos los riesgos, aumentando los tiempos de reacción y no percibiendo toda la información del entorno del tráfico.
Usar el móvil solamente para emergencias y con el coche parado fuera de la calzada.
Comprender que, como peatones, cuando estamos abstraídos en una conversación también caminamos ajenos a los riesgos viales.
Antes de conducir es conveniente dormir bien, no hacer comidas copiosas y cuidar la ingesta de ciertos medicamentos.
Hacer paradas cada dos horas en caso de viajes largos, hidratarse convenientemente y mantener una temperatura agradable dentro del habitáculo.
Programar emisoras de radio y CD antes de comenzar el viaje.
Si viaja con GPS debe programar la ruta a recorrer antes de comenzar la conducción.
Normativa aplicable
El artículo 76 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece lo siguiente:
Se considera infracción grave:
f) Conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción.
Adicionalmente la última reforma legislativa modificó la redacción del artículo 76, apartado g):
g) Utilizar, sujetándolo con la mano, o manteniéndolo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a las anteriores, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
Las citadas infracciones se castigan con una multa de 200 euros en su artículo 80.