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El Gobierno impulsa la lucha contra la violencia vicaria

Martes, 30 Septiembre 2025 20:11

El Consejo de Ministros ha abordado hoy el anteproyecto de ley orgánica de medidas en materia de violencia vicaria. La reforma legal tipifica la violencia vicaria y establece la obligación de escuchar a los menores antes de acordar la guardia y custodia.

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La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha destacado la oportunidad de la norma ante un "contexto político de ola reaccionaria" y la ha enmarcado en el compromiso del Gobierno por seguir avanzando en la igualdad real y atender las peticiones de las asociaciones de víctimas.

Redondo ha recordado las cifras de esta "durísima realidad": desde el año 2013, un total de 65 niñas y niños han sido asesinados por violencia vicaria, 9 el año pasado y 3 en 2025.

Los objetivos de la futura ley son tres, según ha detallado la ministra: cumplir el renovado Pacto de Estado contra la Violencia de Género en el ámbito de la violencia vicaria; definirla e incorporarla al ordenamiento jurídico y, sobre todo, proteger a las víctimas y concienciar a la sociedad contra "estas violencias tan radicales, salvajes y absolutamente inconcebibles".

Redondo ha explicado que el texto modifica otras leyes que afectan a la violencia vicaria, fundamentalmente la Ley Integral contra la Violencia de Género, de la que se ha celebrado recientemente el vigésimo aniversario, pero también el Código Penal, el Código Civil y las leyes sobre el enjuiciamiento civil, el Poder Judicial y la protección jurídica del menor.

El anteproyecto identifica la violencia vicaria como aquella que se ejerce sobre la mujer por parte de su pareja o expareja a través de una persona interpuesta con el fin de vulnerar su integridad moral.

Esas personas interpuestas pueden ser los menores, los descendientes, los mayores con discapacidad sometidos a la patria potestad o custodia, los ascendientes, los hermanos o la pareja actual de la víctima.

Con la reforma, esta violencia queda tipificada con un nuevo artículo en el Código Penal que establece dos tipos, siguiendo la jurisprudencia del Tribunal Constitucional: uno general de violencia vicaria en el ámbito de la violencia doméstica, con penas privativas de libertad de seis meses y un día a tres años, y un tipo agravado en el contexto de la violencia de género, con penas de un año y medio a tres años.

Además, se incorpora como pena accesoria la prohibición de portar armas entre tres y cinco años.

Medidas accesorias, sensibilización y formación específica

La titular de Igualdad ha subrayado otra pena accesoria que se incorpora al Código Penal: el juez valorará la prohibición de publicar aquellos contenidos directamente relacionados con los hechos delictivos que puedan afectar a la integridad moral de la víctima.

La reforma refuerza, además, la obligación de escuchar al menor antes de acordar un régimen de guardia y custodia.

La única excepción, que exigirá una especial motivación por parte del juez, serán aquellos casos donde la escucha sea imposible o interfiera clara y directamente con el interés superior del menor.

Por otra parte, el anteproyecto incorpora planes de sensibilización contra la violencia vicaria, en línea con los que existen respecto a la violencia de género.

 Igualmente, incide en la formación de los jueces y fiscales sobre la violencia vicaria, incluyéndola en la oferta formativa del Consejo General del Poder Judicial y en el acceso y promoción de las carreras judicial y fiscal.

Este conjunto de medidas pretende, en palabras de Redondo, "situar a España nuevamente a la vanguardia en las políticas de defensa de la igualdad real de oportunidades, cuando la violencia de género sigue siendo uno de los mayores problemas a los que se enfrentan las mujeres y la sociedad y la democracia española".

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