Ayudas para la realización de cortometrajes
El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar la realización de cortometrajes para 2020.
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La Consejería de Cultura y Turismo publicó ayer en el BOCyL de hoy la convocatoria de subvenciones a la realización de cortometrajes.
Estas ayudas económicas tiene como objetivo contribuir al fomento y promoción del sector cinematográfico y audiovisual, a través del apoyo a inversiones promovidas por personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores audiovisuales en la modalidad de cortometrajes cinematográficos y que tengan su domicilio o sede social permanente en la Comunidad de Castilla y León.
El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará el 13 de octubre.
Serán gastos subvencionables, entre otros, los gastos generales de personal y viajes, alojamiento y manutención, los específicos de preproducción y producción, los de distribución, promoción y publicidad, los gastos corrientes derivados de la realización del proyecto y el gasto en bienes de equipo.
La actuación o actuaciones subvencionadas y los correspondientes gastos deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 31 de mayo de 2021, ambos inclusive.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectuará en régimen de concurrencia competitiva.
La cuantía de las subvenciones se determinará de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y conforme a los siguientes criterios: ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 75 por ciento del presupuesto total del proyecto de cortometraje, con el límite máximo de 25.000 euros por proyecto.
Podrán realizarse pagos anticipados del 100 por ciento del importe total de la subvención concedida, previa petición de los beneficiarios, en el formulario de solicitud de la subvención, no siendo necesario la constitución de aval para percibir el mismo.
La justificación del proyecto objeto de subvención deberá producirse hasta el 31 de julio de 2021, inclusive. La documentación justificativa que deberá presentarse será la indicada en el artículo 13 de la Orden CYT/774/2020, de 20 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras destinadas a financiar la cortometrajes, publicada en el BOCYL el pasado 24 de agosto de 2020.