Soria | Sucesos

Detenido repartidor de comida a domicilio en Soria por denunciar delito inexistente

Martes, 12 May 2026 15:50

La Policía Nacional ha detenido en Soria a un repartidor de comida a domicilio por denunciar un delito inexistente. Aseguró que había sido víctima de un robo con violencia e intimidación.

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El pasado 27 de marzo, un repartidor de comida a domicilio, denunciaba en las dependencias de la Comisaría Provincial de Soria que momentos antes, sobre las 23:30 horas del día 26, se dirigía a realizar una entrega cuando fue abordado por dos personas quienes, mediante la exhibición de sendos cuchillos y aunque forcejeó con ellos, lograron sustraerle la comida del reparto, su teléfono móvil, su patinete eléctrico y 62 euros en efectivo, según ha explicado este martes la Subdelegación del Gobierno de Soria.

Efectuadas las primeras pesquisas tendentes a corroborar la veracidad de los hechos denunciados, la Policía Nacional de Soria ha podido determinar que el pedido de comida que debía entregar cuando supuestamente fue asaltado había sido realizado desde un perfil del que era usuario el propio denunciante.

Además, el denunciante fue visto los días posteriores a la agresión conduciendo el patinete que supuestamente le habrían sustraído. 

 Por todo lo anteriormente manifestado el denunciante fue detenido por un delito de simulación de delito, siéndole intervenido además en el momento de la detención el mismo teléfono que había sido denunciado como sustraído.

 Desde la Comisaría Provincial de Soria se ha destacado en un comunicado que todos los ciudadanos que presentan denuncia en las dependencias de la Policía Nacional (como pasó en este caso) son informados de forma previa a prestar declaración de la obligación legal de decir la verdad (art.433 de L.E.Crim.), y de la posible responsabilidad penal en la que podría incurrir en caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal (art. 456 de C.P.), simular ser responsable o víctima de una infracción penal, denunciar una infracción penal falsa o inexistente (art.457 de C.P.), o faltar a la verdad en su testimonio (art.458 de C.P.).

 

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