Primer convenio colectivo para el sector del transporte de viajeros por carretera
CCOO y UGT han firmado con la patronal esta semana el I convenio colectivo para el sector de transporte de viajeros por carretera mediante vehículos de tracción mecánica de más de nueve plazas incluido el personal de conducción de la provincia de Soria.
Dos centros educativos, reconocidos como históricos
Mural del Movimiento Ciudadano por la Paz en Soria
Tras varios meses de negociación se ha firmado el primer convenio provincial con el que se ha conseguido regular unas mejores condiciones laborales, sociales y económicas para las personas trabajadoras en este sector.
Desde CCOO la valoración del convenio conseguido para un sector que no tenía una regulación específica es muy positiva.
Era prioritario para CCOO el establecer unos criterios de subrogación y sucesión tanto para líneas regulares como para transporte escolar, cuestión que era complicada de regular al no tener una base inicial en la que sustentarlos.
Como pilar fundamental CCOO teníamos marcadas medidas de conciliación de la vida laboral, familiar con artículos específicos de adaptación de la jornada laboral, bolsa de horas para acompañamientos médicos a menores de 14 años y familiares de primer grado dependientes, rebaja de la jornada anual y 1 día más de vacaciones, el derecho a acumular el periodo del cuidado del lactante, etc.
Otro caballo de batalla para CCOO en las negociones de todos los convenios colectivos es la Igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y de no discriminación, garantizar la no discriminación por razón de sexo, raza, edad, nacionalidad pertenencia étnica, orientación sexual, discapacidad o enfermedad. En este convenio se ha incluido en el articulado medidas específicas como el compromiso expreso de igualdad de retribuciones para trabajos de igual valor, eliminación los datos personales en los procesos de selección de personal y que en los procesos de promoción al grupo I y II se garantice, al menos, que el 60% de las personas candidatas sean mujeres.
A nivel de tablas salariales CCOO está luchando por conseguir que en los convenios colectivos no haya ningún salario por debajo de los 14.000€ brutos anuales, y este convenio de nuevo no podíamos negociarlo por menos, quedando establecido para la categoría más baja en 14.500€ brutos anuales, con una subida salarial, para todas las categorías, de un 2% para cada uno de los años de vigencia del convenio (2020 y 2021).
Otros puntos importantes que negociamos desde CCOO para mejorar las condiciones laborales y sociales son la rebaja de la jornada anual máxima, ampliar los días de vacaciones, hacer extensible los permisos retribuidos para las parejas de hecho, mejorar el complemento en situaciones de incapacidad temporal, poliza de seguro de accidentes.
A nivel general de este primer convenio para el transporte de personas para CCOO cabe reseñar como mejoras conseguidas:
- Regulación de la subrogación y sucesión.
- Jornada anual de 1792h.
- Bolsa de horas para acompañamiento médico.
- Acumulación en 14 jornadas completas el cuidado del lactante.
- Adaptación de la jornada en duración y distribución de la misma, tanto en su ordenación, como en su forma de prestación, para hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.
- Equiparación de los permisos retribuidos para las parejas de hecho.
- 31 días de vacaciones
- Contratos en prácticas, primer año como mínimo un 65% del salario que corresponda y un 80% mínimo durante el segundo año.
- Plus especial festivo de navidad y año nuevo con una compensación de 50€ y el resto de los 12 festivos de 40€.
- Horas extraordinarias no compensadas se abonarán con el 50% de incremento.
- Incapacidad Temporal, en accidente laboral se abonará el 100% del salario real a partir del 30 día y hasta el 11 mes.
- Seguro de accidentes en caso de fallecimiento, invalidez permanente absoluta, total y gran invalidez.
- Ante multa con retirada de puntos imputable a la empresa sea por cuenta de la misma, tanto el pago de la multa como el coste de la recuperación de los puntos perdidos.
- Medida de Igualdad en el acceso al empleo en las empresas y promoción.
TABLAS SALARIALES ANUALES
| 2019 | 2020 | 2021 |
GRUPO I
| 21.689,86 | 22.123,66 | 22.566,13 |
GRUPO II
| 20.037,17 | 20.437,91 | 20.846,67 |
GRUPO III
| 16.750 | 17.085 | 17.426,70 |
GRUPO IV | 14.500,88 | 14.790,90 | 15.086,72
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