La Junta notifica a propiedad actuaciones urgentes a realizar en palacio de Almazán
El Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte de la Juntas en Soria ha notificado esta mañana, tanto a la propiedad como al Ayuntamiento de Almazán, el acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Patrimonio, el pasado miércoles, en relación con las actuaciones urgentes a ejecutar en el Palacio de los Hurtado de Mendoza, en la localidad de Almazán.
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La Comisión Territorial de Patrimonio mantuvo una reunión extraordinaria, presidida por la delegada territorial, Yolanda de Gregorio, para tratar, como único punto en el orden del día, la autorización de actuaciones urgentes, recogidas en informe técnico, en relación con el colapso y derrumbe parcial acaecido en el Palacio de los Hurtado de Mendoza de la localidad de Almazán, cuyo promotor es Carlos Delgado Alonso Martirena y los técnicos redactores Ignacio Cabrerizo Martínez de Baroja y Alejandro Cabrerizo de Marco.
El informe técnico de actuaciones urgentes para la estabilización y reconstrucción de cubierta, forjados, del muro y arcada de la galería colapsado y derrumbado en la fachada norte del Palacio tuvo entrada, en el Registro del Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte, el pasado lunes día 7.
El informe emitido por la arquitecta del del Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte indica que el 1 de septiembre produjo el derrumbe de cinco arcos en la parte intermedia de la galería porticada existente en la fachada norte del Palacio de los Hurtado de Mendoza de Almazán, además de los forjados intermedios.
El 3 de septiembre se realizó una visita interior con el fin de comprobar in situ la evolución del derrumbe.
En relación con dicha visita, el 7 de septiembre se presentó un informe técnico por la propiedad relativo a las actuaciones a adoptar.
Informe técnico presentado a la Comisión
Sobre el documento presentado por los promotores, la arquitecta territorial indica que, en primer lugar, enumera los elementos afectados por el siniestro, se describen gráficamente las zonas donde se producen los desplomes y los materiales constructivos que conformaban cada uno de los forjados, cubierta, cerramiento y acabados de la zona en la que se produce el derrumbe.
Siendo reseñable el artesonado de madera, la arcada conformada con sillares, los arcos de piedra labrada y los escudos existentes entre los arcos en la fachada.
No se realiza ninguna mención a la fachada interior del palacio que abre a la galería porticada.
En la visita realizada por los técnicos del Servicio Territorial se observa que en el interior de las habitaciones con frente a la galería no se aprecian grietas que indiquen que el derrumbe ha producido movimientos estructurales que afecten a la estabilidad, sin embargo, se comprueba que ha afectado parcialmente a la fachada interior de la citada galería porticada, la cual en la planta baja corresponde con el trazado de la muralla, pero en las plantas superiores está conformada por un entramado de madera, ladrillos y adobe que ha quedado dañado y expuesto a la intemperie.
Además, la zona del torreón, colindante con la galería, presenta grietas que se observa son sensiblemente mayores en comparación con las tomadas en una visita realizada en julio del 2023 y, los testigos de yeso colocados en el año 2024 se encuentran rotos o despegados del elemento murario, lo que conlleva a pensar que se han producido movimientos estructurales. No se puede aseverar que se deban exclusivamente al derrumbe acontecido, pero sí corroboran la preocupación expresada en informes anteriores por la Comisión Territorial de Patrimonio respecto a la necesidad de realizar un estudio patológico y un ‘mapa de grietas’.
Por último, el documento establece las operaciones y actuaciones a realizar para la reparación de los daños producidos que se consideran urgentes e inmediatas y que consisten en:
Apuntalamiento interior del palacio en las zonas próximas al derrumbe, resto de la galería actual y zona de la torre en todos sus niveles
Aseguramiento de las zonas inestables mediante la retirada controlada de elementos sueltos
Retirada clasificada, seleccionada y paletizada de todas las piezas de cantería que se encentran tanto en la carretera como en el talud de la ladera
Una vez desescombrado, apuntalamiento de seguridad desde la base firme con andamiaje multidireccional para restauración tipo ‘kwikstage’ que permita el apeo de las zonas colindantes al derrumbe
Reconstrucción de muros, arcadas, forjados y cubierta.
En el documento se indica que las actuaciones de apuntalamiento se realizarán “de manera inmediata 2-3 semanas, en función de la disponibilidad de la empresa constructora contactada, con la que ya se ha hecho visita preliminar”.
Acuerdo de la Comisión
La Comisión ha acordado autorizar las actuaciones propuestas con las siguientes prescripciones técnicas.
En cuanto a las actuaciones de estabilización:
Se deberá actuar de forma urgente, iniciándose los trabajos de apuntalamiento interior y aseguramiento de las zonas inestables de forma inmediata, finalizándose los mismos en un plazo máximo de 2-3 semanas.
Cualquier elemento auxiliar debe ser estable y resistente a las acciones previstas y debe permitir una correcta sujeción sin deterioro del elemento que sustenta.
Los elementos de protección colocados en el entorno no se retirarán hasta poder garantizar la seguridad para la circulación de las personas y se deberán adoptar las medidas necesarias para evitar el expolio de las piezas hasta su recuperación y acopio.
Cualquier desmontaje de partes inestables se deberá comunicar al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte y se deberá consensuar con los Técnicos del dicho Servicio. Se deberá hacer de forma controlada sin afectar a los elementos colindantes.
Igualmente, se deberá limitar a las partes estrictamente necesarias para garantizar la estabilidad.
Se deberá realizar una intervención sobre la fachada de adobe que ha quedado expuesta, así como la sujeción de las partes de la cubierta que no están ancladas. De la misma forma, las medidas de prevención y estabilización se deberán extender a los espacios colindantes al derrumbe que se observen afectados. La solución propuesta se remitirá al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte para el consenso con el Técnicos de dicho Servicio.
En cuanto a la recuperación del material procedente del derrumbe:
Una vez realizada la estabilización se deberá proceder inmediatamente a la retirada y acopio en lugar seguro de “todos” los restos constructivos del derrumbe, que permanecen tanto en el interior, en la ladera y en el vial, con independencia de su estado de conservación aparente.
Para el proceso de acopio se deberá realizar un plan, en el plazo máximo de 15 días desde la notificación de este acuerdo, en el que se especifiquen las siguientes cuestiones:
Forma de efectuar la recogida de materiales.
Traslado de materiales y trazabilidad
Lugares de acopio y forma de conservación
Se deberá poner especial cuidado en la recuperación del artesonado, teniendo en cuenta que en lo posible deberá realizarse en bloque, y no deberá acopiarse a la intemperie.
Dicho plan deberá contar con el asesoramiento de personal especializado y será remitido al Servicio Territorial para su estudio.
Si con carácter previo a la realización del plan es necesario retirar o acopiar elementos durante el proceso de estabilización se deberá comunicar al Servicio Territorial de Cultura, Turismo y Deporte para consensuar las medidas a adoptar.
El material deberá ser objeto de un proceso de clasificación, inventario y valoración técnica que deberá realizarse por personal cualificado.
Siguientes fases de actuación:
Se recuerda que el apuntalamiento es una solución para la emergencia y no definitiva en el tiempo. Las partes que ha quedado expuesta a las inclemencias meteorológicas podrían sufrir un grave deterioro, incluso un nuevo colapso, por lo que se deberán establecer las medidas oportunas para evitar la entrada de agua de lluvia o evacuarla en su caso.
Se deberá presentar en el plazo máximo de 1 mes, desde la finalización de los trabajos de estabilización, para su autorización por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, una memoria técnica valorada y con calendario de actuaciones para la consolidación, restauración y reconstrucción del Palacio, que incluya estudio y valoración de estabilidad.
A pesar de que el derrumbe se ha producido en la parte norte, se recuerda que la declaración como BIC afecta a todo el edificio, por lo que, una vez realizadas las actuaciones sobre la parte afectada, se deberá a realizar una inspección completa del mismo.
En virtud del artículo 37.1 a) de la Ley 7/2024, de 20 de junio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, lo propietarios, poseedores y titulares de derechos reales sobre los bienes del patrimonio cultural de Castilla y León son los responsables de “conservarlo, custodiarlo, mantenerlo y protegerlo debidamente para asegurar su integridad y autenticidad y evitar su pérdida, destrucción o deterioro, así como adoptar las medidas oportunas para garantizar su seguridad”.
Asimismo, el artículo 45.2 de la ley 7/2024 establece, además, que “la situación de ruina producida por incumplimiento de los deberes de conservación establecidos en esta ley conlleva la realización, a cargo del titular de la propiedad, de las actuaciones dirigidas a la restitución del bien al estado anterior que determine la consejería competente en materia de patrimonio cultural”.