Piden retirada de "Yagüe" de topónimo de San Leonardo
El abogado Eduardo Ranz ha presentado 28 peticiones a Obispados, Arzobispados y municipios de España, con simbología franquista, en el que solicita su retirada. Entre los ocho municipios españoles, se encuentra San Leonardo de YagÚe.
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Pronto la simbología de exaltación de quienes cometieron crímenes contra la humanidad en España, desaparecerá, y será gracias a una ley democrática, según ha señalado Ranz en un comunicado.
Sin embargo, aún se sigue sufriendo en las carreteras de nuestro país, mapas, o centros religiosos, la simbología que recuerda el golpe sufrido contra la democracia, la legalidad republicana, la constitución y la voluntad de las urnas.
Aún en España existen ocho municipios con nombres dedicados a quienes hicieron vivir la peor etapa de la historia más contemporánea, los municipios son:
1 | Alberche del Caudillo | Toledo | Castilla -La Mancha | |
2 | Guadiana del Caudillo | Badajoz | Extremadura | |
3 | Llanos del Caudillo | Ciudad Real | Castilla -La Mancha | |
4 | Villafranco del Guadiana | Badajoz | Extremadura | |
5 | Quintanilla de Onésimo | Valladolid | Castilla y León | |
6 | Alcocero de Mola | Burgos | Castilla y León | |
7 | San Leonardo de Yagüe | Soria | Castilla y León | |
8 | Villafranco del Guadalhorce | Málaga | Andalucía |
En este sentido ha recordado que la Ley de Memoria democrática, en su artículo 35 establece que serán considerados elementos contrarios a la memoria democrática las referencias realizadas en topónimos,
A su vez, en los siguientes territorios diocesanos se puede observar simbología franquista que contradice el cuerpo legal: Cuando los elementos contrarios a la memoria democrática estén ubicados en edificios de carácter privado o religioso, pero con proyección a un espacio o uso público, las personas o instituciones titulares o propietarias de los mismos deberán retirarlos o eliminarlos, en la forma establecida en el presente artículo.
ARZOBISPADOS | OBISPADO | ||
8 | Getafe | ||
1 | Oviedo | 9 | Alcalá de Henares |
2 | Mérida-Badajoz | 10 | Cartagena |
3 | Pamplona-Tudela | 11 | Ciudad Rodrigo |
4 | Santiago de Compostela | 12 | Almería |
5 | Sevilla | 13 | Córdoba |
6 | Valencia | 14 | Coria - Cáceres |
7 | Zaragoza | 15 | Ourense |
16 | Orihuela-Alicante | ||
17 | Santander | ||
18 | Tui-Vigo | ||
19 | Calahorra y La Calzada - Logroño | ||
20 | Segovia |
En cuanto a la sanción por mantener simbología franquista en el seno de la iglesia católica, o de un Ayuntamiento, supondrá, en aplicación del artículo 61.2.d), una calificación como infracciones graves: El incumplimiento de la resolución por la que se acuerde la retirada de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática prevista en el artículo 37, cuando entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, cuya responsabilidad económica ascenderá, en aplicación del artículo 62.b a una multa entre 2.001 y 10.000 euros, en concepto de restablecimiento de la legalidad.