Sociedad

La equipación de los motoristas cambia a partir del 1 de octubre

Lunes, 14 Septiembre 2026 - 12:07h.

Los motoristas tendrán que adaptar parte de su equipamiento a partir del próximo 1 de octubre de 2026, fecha en la que entrará en vigor la nueva normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT).

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El cambio supone una modificación importante en el día a día de los usuarios de moto y llega en un momento en el que el equipamiento de protección tiene cada vez más peso dentro de las estrategias de seguridad vial. 

Desde Motocard, compañía especializada en equipamiento para motoristas, han explicado en un comunciado cuáles son las principales novedades y cómo deberán adaptar los usuarios su equipación.

El incumplimiento de estas obligaciones se consideran una infracción grave y pueden suponer una multa de 200 euros.

Guantes obligatorios fuera de ciudad

A partir de octubre, conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán llevar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.

La medida busca reforzar la protección de las manos, una de las partes del cuerpo que queda más expuesta en una caída.

Además de proteger frente a la abrasión, los guantes específicos para moto incorporan protecciones y materiales diseñados para reducir el impacto.

El calzado cerrado será obligatorio también en ciudad

Otra de las novedades que más afectará a los desplazamientos habituales será la obligación de utilizar calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier tipo de vía, también dentro de ciudad.

La nueva norma establece así un mínimo de protección para los pies, aunque desde Motocard recuerdan que no todo el calzado cerrado ofrece el mismo nivel de protección.

Las botas y zapatillas diseñadas específicamente para moto incorporan refuerzos y protecciones pensados para zonas como el talón, el tobillo o los dedos, además de materiales más resistentes frente a la abrasión.

El chaleco reflectante: ¿cuándo habrá que utilizarlo?

El chaleco reflectante de alta visibilidad también será obligatorio a partir del 1 de octubre. En el caso de los motoristas particulares, las motocicletas deberán llevarlo como parte de su equipamiento obligatorio y deberá utilizarse cuando el conductor tenga que abandonar la motocicleta y ocupar la calzada o el arcén de una vía interurbana, por ejemplo, en caso de avería o accidente.

La normativa establece una exigencia específica para los riders y conductores profesionales: quienes desarrollen su actividad circulando en motocicleta, ciclomotor, bicicleta, ciclo o vehículo de movilidad personal deberán llevar y utilizar el chaleco reflectante, independientemente de si circulan por vías urbanas o interurbanas.

Airbag, chaqueta o pantalón: ¿también serán obligatorios?

La nueva normativa ha puesto el foco sobre el equipamiento de protección, pero no todos los elementos que forman parte de la equipación habitual de un motorista pasan a ser obligatorios.

El airbag, la chaqueta de moto, el pantalón técnico o las botas específicas no serán obligatorios con carácter general, esto no significa que su uso no sea recomendable.

Al contrario, desde Motocard señalan que estos elementos pueden marcar una diferencia importante en caso de caída, especialmente cuando cuentan con protecciones y materiales específicos para absorber impactos y reducir la abrasión.

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