Sociedad

La DGT protege a usuarios vulnerables en noveades del reglamento de Circulación

Sábado, 26 Septiembre 2026 - 15:53h.

La Dirección General de Tráfico ha ha presentado las principales novedades del Reglamento General de Circulación relacionadas con la protección de los usuarios vulnerables. La reforma fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 23 de junio y será el próximo 1 de octubre cuando comiencen a aplicarse buena parte de las nuevas obligaciones.

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La reforma responde a la transformación de la movilidad en los últimos 20 años, que ha pasado de una visión centrada fundamentalmente en la carretera y el vehículo a otra que sitúa el foco en las personas y los entornos urbanos. 

Por primera vez, el Reglamento General de Circulación recoge una definición de “usuario vulnerable de la vía”, vinculada tanto al medio de desplazamiento como a características físicas y de edad que determinan un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de siniestro o que sean de mayor gravedad. 

En esta categoría se incluyen peatones, ciclistas, motociclistas y usuarios de vehículos de movilidad personal, pero también menores y personas mayores o con discapacidad.

Ciclistas

A partir del 1 de octubre, si un conductor va a adelantar a un ciclista en vía interurbana, deberá  hacerlo 20 km/h por debajo del límite de velocidad establecido. 

En cuanto a adelantamientos en vías urbanas, antes del adelantamiento, el conductor deberá dejar una distancia de seguridad de cinco metros con el ciclista que vaya delante.

Los ciclistas, por su parte, podrán rebasar a los vehículos a motor por la derecha o por la izquierda y, en las calles con un único carril por cada sentido y cuyo límite de velocidad sean 30 km/h, los ciclistas podrán circular en ambos sentidos. 

Además, no pueden circular en ningún caso por las aceras, excepto los menores de 12 años, y tienen que respetar la seguridad y prioridad de los peatones.

Motoristas

La nueva normativa también regula cambios para los motociclistas. 

En concreto, se les permitirá  circular por el arcén, aunque en situaciones extraordinarias, como en momentos de congestión del tráfico o atascos, siempre y cuando el tramo esté previamente habilitado y señalizado para ello y la circulación detenida.

En estos supuestos, el motorista deberá circular a una velocidad máxima de 30 km/h y en fila de a uno. 

En caso de no cumplirlo, será sancionado con 200 euros por considerarse como infracción grave. 

La normativa incluye otras obligaciones, como la de llevar guantes en carreteras interurbanas, calzado cerrado y chaleco reflectante en caso de avería.

Patinetes

Para su seguridad, la DGT estipula que todos los usuarios de patinentes deberán llevar casco obligatoriamente así como un chaleco reflectante si circulan de noche o en condiciones de baja visibilidad.

Deberán llevar iluminación las 24 horas del día y, en caso de no hacerlo, serán sancionados con 200 euros. 

Asimismo, la edad mínima para conducir un patinete se establece en 15 años. 

Si una persona lleva un patinete, pero se desplaza al paso de persona, tendrá la consideración de peatón.

Además, a la hora de circular, tendrán las mismas obligaciones que los ciclistas. Es decir, no pueden ir por la acera, deben ir por el centro del carril siempre que sea posible y en ambos sentidos cuando una calle sea de uno único.

Carril de emergencia, prioridad de peatones...

Otras novedades que presenta el nuevo reglamento afectan de manera genérica a conductores y peatones. 

Por ejemplo, cuando se produzca una retención de vehículos por un accidente o similar, deberán orillarse para crear un carril de emergencia, que permita la llegada de los servicios de emergencia.

En las autopistas y autovías con dos carriles en el mismo sentido, este se creará en el centro de la vía. 

En las que tengan tres o más, el carril se creará entre el carril situado más a la izquierda y el siguiente a él.

En lo referente a los peatones, en los casos en los que no haya una zona de paso habilitada para ellos, podrán circular por el arcén izquierdo en el sentido de su marcha y en fila de uno, excepto si es un grupo de personas dirigidas por otra, que circularán por el arcén derecho. 

Además, en circunstancias meteorológicas desfavorables, que disminuyan la velocidad o de noche, deberán llevar un elemento reflectante visible a 150 metros de distancia.

Servicios de emergencia

Cuando una retención obligue a los vehículos a circular  en autopistas y autovías a paso de peatón o a detenerse, los conductores deberán apartarse para dejar un espacio libre que permita avanzar a los servicios de emergencia. 

La medida pretende facilitar el paso de ambulancias, bomberos y policía cuando se produce un accidente o cualquier otra emergencia en carretera. 

El cambio afecta a la forma en la que deben colocarse los vehículos antes incluso de que aparezca un vehículo prioritario. 

El carril de emergencia, también conocido como pasillo de socorro, deberá formarse siguiendo unas reglas concretas según el número de carriles de la vía.

Aunque la reforma comienza a aplicarse el próximo mes, hay algunas disposiciones que tendrán un calendario diferente. 

La obligación de utilizar el alumbrado durante el día en los vehículos de movilidad personal se aplicará a partir del 1 de octubre de 2027. 

También queda pendiente la entrada en vigor de las especificaciones técnicas concretas de los guantes de protección para motoristas, que deberán establecerse mediante una orden ministerial.

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