La Junta regula reconocimiento de familia monoparental
A iniciativa de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades, se ha publicado este miércoles en el Portal de Gobierno Abierto el Proyecto de Decreto por el que se regula el reconocimiento de la condición de familia monoparental en Castilla y León y los requisitos para la obtención del título, con el objetivo de dar participación del mismo a toda la sociedad.
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En Castilla y León hay más de 100.000 hogares monoparentales y en el 80 por ciento de ellos su progenitora es una mujer, según datos del INE de 2019.
De los 102.400 hogares monoparentales en Castilla y León, en 79.900 familias la progenitora es una mujer, frente a los 22.500 que son hombres, según los datos publicados por el INE.
Esta norma se ha elaborado en desarrollo de la Ley de Apoyo a las Familias de la Comunidad de Castilla y León de 2007, que considera como familias monoparentales las unidades familiares con hijos menores de edad o mayores en situación de dependencia que se encuentren a cargo de un único responsable familiar.
El proyecto de decreto desarrolla el concepto de familia monoparental aclarando qué se considera por “único responsable familiar”:
- Persona inscrita en el registro civil como única progenitora, cónyuge o progenitor superviviente de los hijos habidos en común.
- Persona que tenga a su cargo en exclusiva la tutela o el acogimiento por más de un año de otras personas menores con las que forma un núcleo estable de convivencia y las personas mayores de edad que hayan estado en acogida permanente con anterioridad.
- Persona que tenga en exclusiva la patria potestad de sus hijos.
- Mujer que acredite la condición de víctima de violencia de género.
- Persona que tenga reconocida la condición de víctima de terrorismo.
- Persona que tenga la guarda y custodia exclusiva de sus hijos y no haya percibido la pensión por los alimentos establecida judicialmente o por convenio durante seis meses consecutivos o doce meses alternos.
- Familia formada por dos progenitores cuando uno de ellos tiene un grado de discapacidad igual o superior al 65 %, un grado 3 de dependencia, una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez.
El proyecto de Decreto distingue dos categorías de familia monoparental: la general, formada por un único responsable familiar y un hijo; y la especial, formada por el resto.
La norma, asimismo, establece los requisitos para adquirir el título de Familia Monoparental, que tendrá una vigencia de dos años con posibilidad de renovación siempre que se mantengan dichos requisitos.
Las familias que obtengan dicho título tendrán derecho a una serie de ventajas y beneficios en función de sus características y categorías que se promoverán por la Junta de Castilla y León dentro de sus propias Consejerías, en otras administraciones e instituciones públicas o en el ámbito de las empresas privadas.
Beneficios para las familias monoparentales
El título de familia monoparental en Castilla y León incluye algunas ventajas, entre las que destaca:
- Proceso de admisión al primer ciclo de Educación Infantil en Escuelas infantiles de titularidad de la Comunidad de Castilla y León: la condición de familia monoparental tiene mayor puntuación en el baremo de admisión y los hijos de familias monoparentales están exentos del pago de la cuota que pudiera corresponderle, siempre que su renta per cápita mensual no supere los 320 euros.
- Subvenciones destinadas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral (reducción de jornada y excedencia por cuidado de hijos, ayudas centros infantiles 0-3 años): el hecho de ser familia monoparental está valorado con mayor puntuación.
- Programa Conciliamos: se prioriza a las familias monoparentales.
- Renta Garantizada de Ciudadanía: las familias monoparentales se consideran unidad familiar independiente cuando conviva con otra unidad familiar en el mismo domicilio, con lo que ello conlleva de ventaja a la hora de computar la renta de las familias. En la actualidad, en torno al 20 % de los titulares de RGC son monoparentales.
- Ayudas de emergencia: las familias monoparentales se consideran, asimismo, unidad familiar independiente cuando conviva con otra unidad familiar en el mismo domicilio, con lo que ello conlleva de ventaja a la hora de computar la renta de las familias. En la actualidad, en torno al 18 % de los titulares de ayudas de emergencia son monoparentales.
- Ayuda a Domicilio: también se tiene en cuenta esta circunstancia cuando hay menores de edad, otorgando más puntos a aquellas familias que no pueden garantizarles cuidados.
- Madrugadores y Tardes en el Cole: en los supuestos de bonificación/exención se contemplan dos casos para familias monoparentales: Familias monoparentales con 2 hijos usuarios del programa: exentas del pago del precio por el segundo hijo y bonificación del 50 % en el pago del precio por el primer hijo; y Familias monoparentales con 1 solo hijo usuario del programa: bonificación del 50 % en el pago del precio.
- Comedor escolar: las familias monoparentales son beneficiarias del sistema de ayudas de la Consejería de Educación en función de la renta y de la condición de monoparentalidad.