Junta de Castilla y León

La Junta establece las normas para pescar en 2016 en la Comunidad

Miércoles, 16 Diciembre 2015 - 09:03h.
Actualizado el 24 Mayo 2020 - 12:02h.

Con una orden publicada hoy en el BOCyL

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La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León ha publicado hoy en el BOCyL la orden que establece las normas reguladoras de la pesca en la Comunidad de Castilla y León para el año 2016.

La orden determina las especies que podrán ser objeto de pesca así como la gestión que debe llevarse a cabo en el caso de especies no pescables y de especies exóticas invasoras.

Por otro lado, establece los períodos y días hábiles, tallas, cupos de capturas, cebos y señuelos, procedimientos y artes de pesca para cada una de las especies, así como sus excepciones. Todo ello, dentro de los principios de planificación del aprovechamiento de los recursos piscícolas en términos de sostenibilidad del mismo en cada uno de los tramos.

Así, y partiendo de una clasificación de las masas de agua por sus especies predominantes (aguas trucheras o no trucheras) y por su régimen de aprovechamiento (aguas de acceso libre, cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales, aguas en régimen especial y aguas privadas) se regula el ejercicio de la pesca en cada una de ellas con carácter general, en el articulado, y con carácter específico, en cada apartado del correspondiente anexo provincial.

En consonancia con la Ley 9/2013, de 3 de diciembre y con carácter general, se practicará la pesca sin muerte en aquellas masas donde la trucha, como especie de interés preferente, está presente de forma significativa. No obstante, y en aquellos lugares cuyo plan de pesca evidencia que es posible realizar una extracción sostenible del recurso, se permite la pesca con muerte.

A PESCAR

La orden regula además la venta, transporte y comercialización de los ejemplares de pesca. Asimismo contempla los regímenes aplicables a las aguas no pescables (vedados), aguas privadas, aguas en régimen especial controlado y aguas de acceso libre sin muerte de ciprínidos.

La trucha se podrá pescar, en aguas de acceso libre, en la primera zona norte (provincias de Burgos, León, Palencia, Soria y Zamora), desde el domingo 3 de abril hasta el domingo 31 de julio, ambos inclusive; y en la zona sur (provincias de Ávila, Salamanca, Segovia y Valladolid), desde el domingo 20 de marzo hasta el domingo 31 de julio, ambos inclusive.

 

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