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Ayudas para sucesión de explotaciones agrarias

Martes, 01 Agosto 2023 15:36

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) ha publicado hoy la orden por la que se convocan ayudas para la realización de actuaciones de cooperación para la sucesión de explotaciones agrarias, en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.

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Estas subvenciones cuentan con un presupuesto de 5,7 millones de euros para este año y serán cofinanciadas por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, la Unión Europea, a través del Feader, y por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Podrán ser beneficiarios de las ayudas los cedentes, las personas físicas o jefes de explotación que estén en situación de jubilación o que cumplan los requisitos para acceder a la jubilación y que cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica que quiera sucederle a través de una cooperación para la sucesión de esa explotación agraria.

Para ser beneficiarios de las ayudas, estos cedentes de explotaciones inscritas a su nombre en el Reacyl tendrán que cumplir una serie de requisitos, como los de formalizar un proyecto de cooperación con un cesionario que no podrá ser familiar de primer grado del cedente, ser agricultor activo, cotizar a la Seguridad Social por su actividad agraria, ser beneficiario de una pensión de jubilación de la Seguridad Social o estar en situación de jubilarse y no tener más de 72 años.

Por su parte, los cesionarios de las explotaciones serán personas físicas o jurídicas, mayores de edad pero sin superar los 57 años, sin ser familiar de primer grado del cedente, agricultores activos en la Seguridad Social por su actividad agraria o comprometerse a ello y que formalicen con el cedente un proyecto de cooperación.

Compromisos

Con carácter general, los cedentes y cesionarios se comprometen a cumplir todos los términos recogidos en el proyecto de cooperación suscrito entre ambos y a realizar la cesión de la explotación, mediante contratos de arrendamiento o venta, de la forma recogida en el citado documento.

Los beneficiarios de las ayudas se comprometen además a ceder los bienes que constituyen su explotación al cesionario y a jubilarse de la actividad agraria, salvo si desea disponer de superficie agrícola y/o ganados para consumo familiar.

Los cesionarios explotarán de forma directa la explotación cedida durante no menos de cinco años desde la fecha de solicitud, y se subrogarán en los derechos y obligaciones derivados de las ayudas de las que sea titular el cedente, en caso de que estos no sean resueltos por el cedente.

Importe de la subvención

La ayuda se destinará a prestar apoyo a los agricultores o ganaderos cedentes, compensando una parte del coste de oportunidad que supone dicha cesión.

El importe de la ayuda se calculará teniendo en cuenta el valor de la producción estándar total de la explotación y estará comprendida entre el 15 % y el 60 % de la misma.

La ayuda total se limita a un máximo de 85.000 euros.

Las solicitudes serán baremadas conforme a unos criterios de selección referidos a dimensión de la explotación cedida, a la edad del cesionario o a que se trate de una explotación agraria en régimen de titularidad compartida. 

 BOCYL-D-01082023-7,0.pdf

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